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Ley de Sociedades de Inversión Artículo 81 Federal de México


Derogado

Versión actualizada

Ley de Fondos de Inversión

Ley de Sociedades de Inversión Federal
Artículo 81.

Cuando en virtud de la inspección y vigilancia que realice la Comisión, resulte que una sociedad de inversión o alguna de las personas que presten los servicios señalados en el artículo 33 de esta Ley, se encuentran en cualquiera de los supuestos contenidos en la fracción V del artículo 80 anterior, dicha Comisión, atendiendo a las irregularidades observadas, podrá ejercer las facultades consignadas en las fracciones I a IV del artículo 47 de la Ley del Mercado de Valores, siendo aplicable a la intervención que, en su caso, determine, lo prescrito en los artículos 48 de dicho ordenamiento y 16, fracción III de la Ley de la Comisión.

Capítulo Décimo
De la Revocación de las Autorizaciones y de las Sanciones



Federal de México Artículo 81 Ley de Sociedades de Inversión
Artículo 1 ...79 80 81 82 83 ...97

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Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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