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Ley de Transición Energétic Artículo 54 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

Ley de Transición Energética Federal
Artículo 54.

Los Comités Técnicos de los fondos para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, podrán solicitar a la CONUEE, a la CRE, y a las instancias competentes vinculadas a los objetivos y fines de la Estrategia, el Programa, el PRONASE y del fondo que corresponda, por conducto de la Secretaría, el apoyo técnico para el diseño e implementación de proyectos, programas o reglamentaciones técnicas, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
Capítulo III
Del Financiamiento para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía

Federal de México Artículo 54 Ley de Transición Energétic
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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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