Imprimir

Ley del Mercado de Valores Artículo 67 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley del Mercado de Valores Federal
Artículo 67.

Los títulos opcionales deberán contener lo siguiente:

I.La mención de ser títulos opcionales, ya sea de compra o de venta. Estos títulos podrán ser al portador.

II.El lugar y fecha de emisión.

III.La denominación social del emisor del título.

IV.Los datos de identificación del activo subyacente, así como de las coberturas correspondientes.

V.El plazo de vigencia de los títulos opcionales, así como el período o fechas establecidos para el ejercicio del derecho que éstos confieran.

VI.El número de los títulos opcionales, la prima de emisión que debe cubrir el primer adquirente a la persona que los emite, así como el número y tipo de activos subyacentes que amparan los títulos opcionales. Tratándose de activos subyacentes referidos a un índice, deberá expresarse en términos monetarios o en unidades de inversión, identificando dicho subyacente y el procedimiento para calcularlo.

VII.El precio de ejercicio, así como la forma y el lugar de liquidación. Tratándose de títulos opcionales liquidables en efectivo, deberán señalarse las bases para determinar el importe de su liquidación.

VIII.Las condiciones de circulación ante eventos extraordinarios sobre los activos subyacentes y los títulos opcionales, así como los procedimientos para el ejercicio, liquidación y ajustes que, en su caso, resulten aplicables.

IX.El nombre y la firma autógrafa del representante o apoderado de la persona que emite los títulos, quien deberá contar con facultades generales para actos de administración y para suscribir títulos de crédito en los términos de las leyes aplicables.

X.La firma autógrafa del representante común de los tenedores de títulos, haciendo constar su aceptación al cargo, así como sus obligaciones y facultades.

Federal de México Artículo 67 Ley del Mercado de Valores
Artículo 1 ...65 66 67 68 69 ...423

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse