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Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Artículo 40 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/12/2024

Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Federal
Artículo 40.

Cuando por razones de reestructuración de la Administración Pública, desaparezcan cargos del Catálogo de puestos y servidores públicos de carrera cesen en sus funciones, el Sistema procurará reubicarlos al interior de las dependencias o en cualquiera de las entidades con quienes mantenga convenios, otorgándoles prioridad en un proceso de selección.

Federal de México Artículo 40 Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Artículo 1 ...38 39 40 41 42 ...80

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AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal


Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


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