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Ley Federal de las Entidades Paraestatales Artículo 21 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley Federal de las Entidades Paraestatales Federal
Artículo 21.

La persona Titular de la Dirección General será designada por la Presidenta o el Presidente de la República, o a su indicación a través de la Coordinadora o Coordinador de Sector por el Órgano de Gobierno, debiendo recaer tal nombramiento en persona que reúna los siguientes requisitos:


I. Ser ciudadana o ciudadano mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;


II. Haber desempeñado cargos de alto nivel decisorio en forma destacada en actividades profesionales, de servicio público, administrativo o sustancialmente relacionadas con materias afines a las de competencia de cada entidad paraestatal, y


III. No encontrarse en alguno de los impedimentos que para ser miembro del Organo de Gobierno señalan las fracciones II, III, IV y V del artículo 19 de esta Ley.



Federal de México Artículo 21 Ley Federal de las Entidades Paraestatales
Artículo 1o ...19 20 21 22 23 ...68

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