Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Federal de México
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Federal de México
- Artículo 1. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto regular el uso,...
- Artículo 2. Las telecomunicaciones y la radiodifusión son servicios públicos de interés...
- Artículo 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: I.Acceso al usuario...
- Artículo 4. Para los efectos de la Ley, son vías generales de comunicación el espectro...
- Artículo 5. Las vías generales de comunicación, la obra civil y los derechos de paso, uso...
- Artículo 6. A falta de disposición expresa en esta Ley o en los tratados internacionales...
- Artículo 7. El Instituto es un órgano público autónomo, independiente en sus decisiones y...
- Artículo 8. El patrimonio del Instituto se integra por: I.Las partidas que se le...
- Artículo 9. Corresponde a la Secretaría: I.Emitir opinión técnica no vinculante al...
- Artículo 10. El Comité de Evaluación de aspirantes a ser designados como comisionados del...
- Artículo 11. Para el cumplimiento de las atribuciones previstas en el artículo 28 de la...
- Artículo 12. El Comité de Evaluación contará con las más amplias facultades para analizar...
- Artículo 13. Para el cumplimiento de sus atribuciones, el Comité de Evaluación podrá...
- Artículo 14. Los actos que el Comité de Evaluación acuerde dar publicidad, se darán a...
- Artículo 15. Para el ejercicio de sus atribuciones corresponde al Instituto:...
- Artículo 16. El Pleno es el órgano máximo de gobierno y decisión del Instituto, integrado...
- Artículo 17. Corresponde originariamente al Pleno el ejercicio de las facultades...
- Artículo 18. El Pleno contará con un secretario técnico que será designado en los términos...
- Artículo 19. El Comisionado Presidente presidirá el Pleno y al Instituto. En caso de...
- Artículo 20. Corresponde al Comisionado Presidente: I.Actuar como representante legal...
- Artículo 21. Los comisionados serán designados conforme a lo previsto en el artículo 28 de...
- Artículo 22. Durante su encargo y concluido el mismo, los comisionados estarán sujetos a...
- Artículo 23. Corresponde a los comisionados: I.Participar en las sesiones y votar los...
- Artículo 24. Los comisionados estarán impedidos y deberán excusarse inmediatamente de...
- Artículo 25. A propuesta del Comisionado Presidente, el Pleno nombrará a su secretario...
- Artículo 26. La autoridad investigadora conocerá de la etapa de investigación y será parte...
- Artículo 27. El titular de la autoridad investigadora será nombrado por el Pleno a...
- Artículo 28. Corresponde a la autoridad investigadora, además de las señaladas en la Ley...
- Artículo 29. Los comisionados y el titular de la autoridad investigadora, en el ejercicio...
- Artículo 30. Fuera de las audiencias previstas en los procedimientos establecidos en esta...
- Artículo 31. Son faltas graves y causales de remoción de los comisionados: I.El...
- Artículo 32. En caso de actualizarse alguno de los supuestos señalados en el artículo...
- Artículo 33. A los funcionarios con nivel de mando o equivalente del Instituto, le serán...
- Artículo 34. El Instituto contará con un Consejo Consultivo de quince miembros honorarios,...
- Artículo 35. El Órgano Interno de Control es un órgano dotado de autonomía técnica y de...
- Artículo 36. El titular del Órgano Interno de Control deberá reunir los siguientes...
- Artículo 37. El titular del Órgano Interno de Control será designado por la Cámara de...
- Artículo 38. El titular del Órgano Interno de Control del Instituto será sujeto de...
- Artículo 39. El titular del Órgano Interno de Control del Instituto será suplido en sus...
- Artículo 40. El titular del Órgano Interno de Control del Instituto será auxiliado en sus...
- Artículo 41. El personal que preste sus servicios en el Instituto se regirá por las...
- Artículo 42. La relación jurídica de trabajo se entiende establecida entre el Instituto y...
- Artículo 43. El Instituto contará y deberá establecer un sistema de servicio profesional...
- Artículo 44. De manera excepcional y sólo cuando exista urgencia, atendiendo al interés...
- Artículo 45. El Pleno deliberará en forma colegiada y decidirá los asuntos por mayoría de...
- Artículo 46. El Pleno ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los...
- Artículo 47. Los acuerdos y resoluciones del Pleno del Instituto serán de carácter público...
- Artículo 48. Las grabaciones de las sesiones del Pleno del Instituto se pondrán a...
- Artículo 49. Cuando la información correspondiente a uno o varios asuntos haya sido...
- Artículo 50. Las actas de las sesiones se publicarán en la página de Internet del...
- Artículo 51. Para la emisión y modificación de reglas, lineamientos o disposiciones...
- Artículo 52. El estatuto orgánico determinará los mecanismos a los que deberán sujetarse...
- Artículo 53. Para el ejercicio de sus atribuciones, el Instituto podrá solicitar la...
- Artículo 54. El espectro radioeléctrico y los recursos orbitales son bienes del dominio...
- Artículo 55. Las bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico se clasificarán de...
- Artículo 56. Para la adecuada planeación, administración y control del espectro...
- Artículo 57. En el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias se establecerá la...
- Artículo 58. El uso de las bandas de frecuencias de un servicio a título secundario,...
- Artículo 59. El Instituto expedirá, a más tardar el treinta y uno de diciembre de cada...
- Artículo 60. El programa anual de uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias deberá...
- Artículo 61. Cualquier interesado podrá solicitar, dentro de los treinta días hábiles...
- Artículo 62. El Instituto estará obligado a implementar, operar y mantener actualizado un...
- Artículo 63. El Instituto será la autoridad responsable de la supervisión y control...
- Artículo 64. El Instituto buscará evitar las interferencias perjudiciales entre sistemas...
- Artículo 65. En el despliegue y operación de infraestructura inalámbrica se deberá...
- Artículo 66. Se requerirá concesión única para prestar todo tipo de servicios públicos de...
- Artículo 67. De acuerdo con sus fines, la concesión única será: I.Para uso...
- Artículo 68. Al otorgar la concesión única a que se refiere esta Ley, el Instituto deberá...
- Artículo 69. Se requerirá concesión única para uso privado, solamente cuando se necesite...
- Artículo 70. Se requerirá concesión única para uso público, solamente cuando se necesite...
- Artículo 71. La concesión única a que se refiere esta Ley sólo se otorgará a personas...
- Artículo 72. La concesión única se otorgará por el Instituto por un plazo de hasta treinta...
- Artículo 73. Los interesados en obtener una concesión única, cualquiera que sea su uso,...
- Artículo 74. El título de concesión única contendrá como mínimo, lo siguiente: I.El...
- Artículo 75. Las concesiones para usar, aprovechar y explotar bandas de frecuencias del...
- Artículo 76. De acuerdo con sus fines, las concesiones a que se refiere este capítulo...
- Artículo 77. Las concesiones a que se refiere este capítulo sólo se otorgarán a personas...
- Artículo 78. Las concesiones para el uso, aprovechamiento o explotación del espectro...
- Artículo 79. Para llevar a cabo el procedimiento de licitación pública al que se refiere...
- Artículo 80. Se declarará desierta y podrá expedirse una nueva convocatoria, cuando las...
- Artículo 81. El título de concesión para usar, aprovechar o explotar el espectro...
- Artículo 82. El espectro radioeléctrico para uso privado para los propósitos previstos en...
- Artículo 83. Las concesiones sobre el espectro radioeléctrico para uso público o social se...
- Artículo 84. Los concesionarios o permisionarios de servicios públicos distintos a los de...
- Artículo 85. Para la asignación de las concesiones para usar, aprovechar o explotar...
- Artículo 86. Los interesados en obtener una concesión sobre el espectro radioeléctrico...
- Artículo 87. Los interesados en obtener una concesión sobre el espectro radioeléctrico...
- Artículo 88. Para el cumplimiento de sus fines, la operación de las concesiones de...
- Artículo 89. Los concesionarios de uso social, acorde con sus fines, podrán obtener...
- Artículo 90. Para el otorgamiento de las concesiones de radiodifusión para uso público y...
- Artículo 91. Las concesiones de espectro para uso público que presten servicios de...
- Artículo 92. Las concesiones para ocupar y explotar recursos orbitales para uso comercial...
- Artículo 93. Para llevar a cabo el procedimiento de licitación pública al que se refiere...
- Artículo 94. El título de concesión para ocupar y explotar recursos orbitales para uso...
- Artículo 95. Se declarará desierta y podrá expedirse una nueva convocatoria, cuando las...
- Artículo 96. Cualquier persona podrá manifestar al Instituto su interés para que el...
- Artículo 97. El Instituto analizará y evaluará la documentación correspondiente y dentro...
- Artículo 98. Tratándose de dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,...
- Artículo 99. Todas las contraprestaciones a que se refiere esta Ley requerirán previa...
- Artículo 100. Para fijar el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento, la...
- Artículo 101. Todas las contraprestaciones a que se refiere esta Ley serán a favor del...
- Artículo 102. El Instituto estará obligado a cerciorarse del pago de las contraprestaciones...
- Artículo 103. Las disposiciones establecidas en la presente sección serán aplicables, en lo...
- Artículo 104. Los concesionarios podrán dar en arrendamiento, únicamente bandas de...
- Artículo 105. El Instituto podrá cambiar o rescatar bandas de frecuencias o recursos...
- Artículo 106. El cambio de bandas de frecuencias o de recursos orbitales, podrá realizarse...
- Artículo 107. En el caso del cambio de frecuencias por cualquiera de los supuestos...
- Artículo 108. Para el rescate de una banda de frecuencia concesionada o de recursos...
- Artículo 109. Cuando por causa del rescate el concesionario no pueda continuar prestando...
- Artículo 110. Sólo las concesiones para uso comercial o privado, esta última con propósitos...
- Artículo 111. En ningún caso se podrá ceder, gravar, dar en prenda o fideicomiso, hipotecar...
- Artículo 112. El concesionario, cuando sea una persona moral, presentará al Instituto, a...
- Artículo 113. La concesión única podrá prorrogarse por el Instituto, siempre y cuando el...
- Artículo 114. Para el otorgamiento de las prórrogas de concesiones de bandas de frecuencias...
- Artículo 115. Las concesiones terminan por: I.Vencimiento del plazo de la concesión,...
- Artículo 116. Al término de la concesión revertirán a la Nación las bandas de frecuencias...
- Artículo 117. En caso de desastre natural, de guerra, de grave alteración del orden público...
- Artículo 118. Los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones deberán:...
- Artículo 119. Los concesionarios que tengan redes públicas de telecomunicaciones que...
- Artículo 120. El Instituto regulará los términos, condiciones y tarifas de los servicios...
- Artículo 121. El Instituto resolverá cualquier desacuerdo que se suscite derivado de lo...
- Artículo 122. La información que se transmita a través de las redes y servicios de...
- Artículo 123. Para los servicios de telecomunicaciones disponibles al público, se otorgarán...
- Artículo 124. Los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones deberán...
- Artículo 125. Los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones estarán...
- Artículo 126. Con excepción de las tarifas a que se refiere el artículo 131 de esta Ley ,...
- Artículo 127. Para efectos de la presente Ley se considerarán servicios de interconexión,...
- Artículo 128. Los convenios de interconexión deberán registrarse ante el Instituto en el...
- Artículo 129. Los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones deberán...
- Artículo 130. En el caso de que exista negativa de algún concesionario de red pública de...
- Artículo 131. Cuando el Instituto considere que existen condiciones de competencia efectiva...
- Artículo 132. En los convenios de interconexión las partes deberán establecer, cuando...
- Artículo 133. La prestación de todos los servicios de interconexión señalados en el...
- Artículo 134. El Instituto y la Secretaría promoverán acuerdos con las autoridades...
- Artículo 135. Sólo podrán instalar equipos de telecomunicaciones y medios de transmisión...
- Artículo 136. El Instituto establecerá y garantizará, a través de la publicación de normas,...
- Artículo 137. El Instituto publicará en el Diario Oficial de la Federación, en el último...
- Artículo 138. El agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones o...
- Artículo 139. El Instituto fomentará la celebración de convenios entre concesionarios para...
- Artículo 140. Cuando el Instituto otorgue concesiones de uso comercial a entes públicos,...
- Artículo 141. Los concesionarios con participación pública deberán sujetarse a principios...
- Artículo 142. El Instituto asignará directamente 90 MHz de la banda 700 MHzpara la...
- Artículo 143. El título de concesión de una red compartida mayorista incluirá, además de lo...
- Artículo 144. Las redes compartidas mayoristas operarán bajo principios de compartición de...
- Artículo 145. Los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a Internet...
- Artículo 146. Los concesionarios y los autorizados deberán prestar el servicio de acceso a...
- Artículo 147. El Ejecutivo Federal, a través del INDAABIN, establecerá las condiciones...
- Artículo 148. Para resolver sobre la procedencia de otorgar el uso o aprovechamiento de los...
- Artículo 149. Con el fin de promover la compartición de infraestructura y el...
- Artículo 150. La Secretaría en coordinación con las dependencias y entidades, definirá la...
- Artículo 151. Los concesionarios de recursos orbitales deberán realizar en tiempo y forma...
- Artículo 152. Los concesionarios de recursos orbitales que tengan cobertura sobre el país,...
- Artículo 153. Los autorizados para explotar los derechos de emisión y recepción de señales...
- Artículo 154. Los concesionarios de recursos orbitales que operen en posiciones orbitales...
- Artículo 155. Las estaciones radiodifusoras y sus equipos complementarios se construirán,...
- Artículo 156. El Instituto señalará un plazo no mayor de ciento ochenta días, para el...
- Artículo 157. El concesionario que preste servicios de radiodifusión tiene la obligación de...
- Artículo 158. El Instituto otorgará autorizaciones para el acceso a la multiprogramación a...
- Artículo 159. Los concesionarios que presten el servicio de televisión o audio restringido...
- Artículo 160. Por cada canal bajo el esquema de multiprogramación, los concesionarios...
- Artículo 161. En el caso de canales de televisión deberán cumplir con lo siguiente, en los...
- Artículo 162. El Instituto resolverá la solicitud de acceso a la multiprogramación en un...
- Artículo 163. El concesionario será responsable de la operación técnica de la estación,...
- Artículo 164. Los concesionarios que presten servicios de televisión radiodifundida están...
- Artículo 165. Los concesionarios de televisión restringida vía satélite, sólo deberán...
- Artículo 166. Los concesionarios de telecomunicaciones o de televisión radiodifundida que...
- Artículo 167. Los concesionarios a que se refiere el artículo anterior, deberán acordar las...
- Artículo 168. El Instituto sancionará con la revocación de la concesión a los agentes...
- Artículo 169. Las obligaciones de ofrecer y retransmitir gratuitamente los contenidos...
- Artículo 170. Se requiere autorización del Instituto para: I.Establecer y operar o...
- Artículo 171. El Instituto establecerá reglas de carácter general que establezcan los...
- Artículo 172. No se requerirá autorización del Instituto para la instalación y operación de...
- Artículo 173. Las comercializadoras de servicios de telecomunicaciones podrán:...
- Artículo 174. Las comercializadoras de servicios de telecomunicaciones deberán:...
- Artículo 175. Las solicitudes de autorización serán resueltas por el Instituto en un plazo...
- Artículo 176. El Instituto llevará el Registro Público de Telecomunicaciones, el cual...
- Artículo 177. El Instituto será el encargado de crear, llevar y mantener actualizado el...
- Artículo 178. El Instituto inscribirá la información a que se refiere la presente Ley sin...
- Artículo 179. Cualquier modificación a la información citada en el artículo 177 deberá ser...
- Artículo 180. Los concesionarios y los autorizados están obligados a poner a disposición...
- Artículo 180 Bis. El Instituto expedirá las disposiciones administrativas de carácter general...
- Artículo 180 Ter. El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil contendrá, sobre cada línea...
- Artículo 180 Quáter. El registro del número de una línea telefónica móvil en el Padrón Nacional de...
- Artículo 180 Quintes. Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados,...
- Artículo 180 Sextus. El Instituto validará y corroborará la información del Padrón Nacional de...
- Artículo 180 Septimus. El Instituto habilitará los mecanismos de consulta para que cualquier...
- Artículo 181. El Instituto creará y mantendrá actualizada una base de datos nacional...
- Artículo 182. La información relativa a infraestructura activa y medios de transmisión...
- Artículo 183. Los concesionarios y los autorizados deberán entregar al Instituto la...
- Artículo 184. La información relativa a infraestructura pasiva y derechos de vía contendrá...
- Artículo 185. Los concesionarios, autorizados, las dependencias y entidades de la...
- Artículo 186. La información relativa a sitios públicos contendrá todos los datos que...
- Artículo 187. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, del...
- Artículo 188. Los particulares que deseen poner a disposición de los concesionarios bienes...
- Artículo 189. Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizadosy...
- Artículo 190. Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados...
- Artículo 190 Bis. Queda prohibida la fabricación, comercialización, adquisición, así como la...
- Artículo 191. Los usuarios gozarán de los derechos previstos en esta Ley y en la Ley...
- Artículo 192. En los contratos que celebren los concesionarios o autorizados con los...
- Artículo 193. Los concesionarios o autorizados deberán registrar ante la PROFECO,...
- Artículo 194. La Secretaría de Economía emitirá las normas oficiales mexicanas en...
- Artículo 195. Los concesionarios y los autorizados están obligados a informar y respetar...
- Artículo 196. Los concesionarios y los autorizados están obligados a suministrar al usuario...
- Artículo 197. Los concesionarios y los autorizados deberán bloquear contenidos,...
- Artículo 198. Al término de una concesión, el espectro radioeléctrico que se encontraba...
- Artículo 199. El Ejecutivo Federal y el Instituto, en sus respectivos ámbitos de...
- Artículo 200. Además de los derechos previstos en esta Ley y con el objeto de que exista...
- Artículo 201. Los portales de Internet de las dependencias de la Administración Pública...
- Artículo 202. El Ejecutivo Federal de conformidad con la Estrategia Digital Nacional y el...
- Artículo 203. Para la definición de los lineamientos a cargo del Instituto en materia de...
- Artículo 204. Los concesionarios del servicio de telecomunicaciones para uso comercial o...
- Artículo 205. Los concesionarios del servicio de telecomunicaciones para uso comercial o...
- Artículo 206. El concesionario de telecomunicaciones que haya sido declarado como agente...
- Artículo 207. En el caso de servicios de telecomunicaciones que se ofrecen al público...
- Artículo 208. La libertad tarifaria a que se refiere el artículo 204, así como lo previsto...
- Artículo 209. Los concesionarios garantizarán, de conformidad con los lineamientos que a...
- Artículo 210. Para la consecución de la cobertura universal, la Secretaría elaborará cada...
- Artículo 211. El objetivo del programa de cobertura social es incrementar la cobertura de...
- Artículo 212. La Secretaría en coordinación con el Instituto y el Instituto Nacional de...
- Artículo 213. El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, en coordinación con la...
- Artículo 214. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán...
- Artículo 215. Los programas de cobertura social y de conectividad en sitios públicos...
- Artículo 216. Corresponde al Instituto: I.Vigilar y sancionar el cumplimiento de los...
- Artículo 217. Corresponde a la Secretaría de Gobernación: I.Ordenar y administrar la...
- Artículo 218. Corresponde a la Secretaría de Educación Pública: I. En los términos...
- Artículo 218 Bis. Corresponde a la Secretaría de Cultura: I. Promover la transmisión de...
- Artículo 219. Corresponde a la Secretaría de Salud: I.Autorizar la transmisión de...
- Artículo 220. El Ejecutivo Federal, por conducto de la dependencia facultada para ello,...
- Artículo 221. El Instituto Nacional Electoral tendrá las atribuciones que se establecen en...
- Artículo 222. El derecho de información, de expresión y de recepción de contenidos a través...
- Artículo 223. La programación que se difunda a través de radiodifusión o televisión y audio...
- Artículo 224. En cada canal de multiprogramación autorizado a los concesionarios de uso...
- Artículo 225. Los concesionarios que presten el servicio de televisión y audio restringidos...
- Artículo 226. A efecto de promover el libre desarrollo armónico e integral de niñas, niños...
- Artículo 227. El concesionario que preste servicios de radiodifusión o televisión...
- Artículo 228. Los concesionarios que presten servicios de radiodifusión o de televisión y...
- Artículo 229. La transmisión o promoción de los concursos en que se ofrezcan premios en sus...
- Artículo 230. En sus transmisiones, las estaciones radiodifusoras de los concesionarios...
- Artículo 231. Los concesionarios que presten servicios de radiodifusión y de televisión y...
- Artículo 232. Los concesionarios que presten el servicio de televisión o audio restringidos...
- Artículo 233. Los concesionarios que presten el servicio de televisión o audio restringido...
- Artículo 234. Cuando el servicio consista hasta de 30 canales, la Secretaría podrá requerir...
- Artículo 235. La Secretaría de Gobernación requerirá directamente a los concesionarios los...
- Artículo 236. El concesionario podrá utilizar los canales a que se refiere el artículo...
- Artículo 237. Los concesionarios que presten el servicio de radiodifusión o de televisión y...
- Artículo 238. Con la finalidad de evitar la transmisión de publicidad engañosa, sin afectar...
- Artículo 239. La publicidad en televisión restringida de productos o servicios no...
- Artículo 240. Los concesionarios que presten el servicio de radiodifusión o de televisión y...
- Artículo 241. Los concesionarios que presten el servicio de radiodifusión, deberán ofrecer...
- Artículo 242. Los concesionarios de radiodifusión fijarán libremente las tarifas de los...
- Artículo 243. Sólo podrá hacerse publicidad o anuncio de loterías, rifas y sorteos cuando...
- Artículo 244. Los contenidos de los mensajes publicitarios atenderán al sistema de...
- Artículo 245. La publicidad no deberá de presentar conductas o situaciones en las que la...
- Artículo 246. En la publicidad destinada al público infantil no se permitirá:...
- Artículo 247. Los concesionarios que presten el servicio de radiodifusión para uso...
- Artículo 248. Los concesionarios que presten el servicio de radiodifusión para uso...
- Artículo 249. Los concesionarios de radiodifusión deberán aprovechar y estimular los...
- Artículo 250. A fin de promover la producción nacional y la producción nacional...
- Artículo 251. Los concesionarios de uso comercial, público y social que presten el servicio...
- Artículo 252. La forma en que podrán dividirse esos treinta minutos será la siguiente:...
- Artículo 253. Todos los concesionarios de uso comercial, público y social que presten...
- Artículo 254. Además de lo establecido para el tiempo de Estado, los concesionarios de uso...
- Artículo 255. Todos los concesionariosde uso comercial, público y social que presten...
- Artículo 256. El servicio público de radiodifusión de interés general deberá prestarse en...
- Artículo 257. El Ejecutivo Federal y el Instituto, en sus respectivos ámbitos de...
- Artículo 258. Además de los derechos previstos en esta Ley y con el objeto de que exista...
- Artículo 259. Los concesionarios que presten servicio de radiodifusión deberán contar con...
- Artículo 260. Para ser defensor de audiencia se deberán cumplir, únicamente, los siguientes...
- Artículo 261. El defensor de la audiencia atenderá las reclamaciones, sugerencias y quejas...
- Artículo 262. El Instituto deberá determinar la existencia de agentes económicos...
- Artículo 263. El Instituto establecerá los criterios de medición de tráfico y capacidad de...
- Artículo 264. El Instituto está facultado para declarar agentes económicos con poder...
- Artículo 265. Para la declaración de agente económico como preponderante y la imposición de...
- Artículo 266. En lo que respecta al sector de radiodifusión el Instituto podrá imponer las...
- Artículo 267. En lo que respecta al sector de telecomunicaciones el Instituto podrá imponer...
- Artículo 268. Para efectos de la fracción I del artículo 267, las ofertas públicas deberán...
- Artículo 269. El Instituto podrá imponer al agente económico preponderante en el sector de...
- Artículo 270. El agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones...
- Artículo 271. El agente económico preponderante en el sector de las telecomunicaciones...
- Artículo 272. Los concesionarios y los autorizados a comercializar servicios de...
- Artículo 273. Las tarifas, las condiciones y los términos de los servicios que el agente...
- Artículo 274. El convenio que los concesionarios o los autorizados para comercializar...
- Artículo 275. El Instituto verificará de manera trimestral y sancionará el incumplimiento...
- Artículo 276. En caso de que como resultado de su calidad de agentes económicos...
- Artículo 277. Los agentes económicos preponderantes en el sector de las telecomunicaciones...
- Artículo 278. Las medidas de fomento a la competencia en televisión, radio, telefonía y...
- Artículo 279. El Instituto está facultado para determinar la existencia de agentes con...
- Artículo 280. El Instituto declarará si un agente económico tiene poder sustancial en algún...
- Artículo 281. El Instituto establecerá las obligaciones específicas al agente económico con...
- Artículo 282. El Instituto podrá imponer a los agentes económicos con poder sustancial,...
- Artículo 283. Las obligaciones y limitaciones específicas tendrán por objeto que no se...
- Artículo 284. Los agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión o...
- Artículo 285. En los casos de concesionarios de radiodifusión y telecomunicaciones que...
- Artículo 286. Cuando el concesionario incumpla lo previsto en el artículo anterior, el...
- Artículo 287. Para la imposición de los límites a que se refiere el artículo anterior, el...
- Artículo 288. En el caso de que las medidas impuestas por el Instituto en términos de los...
- Artículo 289. Los productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a...
- Artículo 290. El Instituto elaborará, publicará y mantendrá actualizados los procedimientos...
- Artículo 291. El Instituto verificará y supervisará, en el ámbito de su competencia, el...
- Artículo 292. Los concesionarios y las personas que cuenten con una autorización, cuando...
- Artículo 293. El Instituto verificará que los concesionarios que operen redes públicas de...
- Artículo 294. Cuando iniciada una visita de verificación el Instituto considere que el...
- Artículo 295. El Instituto establecerá los mecanismos necesarios para llevar a cabo la...
- Artículo 296. Para hacer cumplir sus determinaciones el Instituto podrá emplear, previo...
- Artículo 297. Las infracciones a esta Ley, a las disposiciones administrativas y a los...
- Artículo 298. Las infracciones a lo dispuesto en esta Ley y a las disposiciones que deriven...
- Artículo 299. Los ingresos a los que se refiere el artículo anterior, serán los acumulables...
- Artículo 300. En caso de reincidencia, el Instituto podrá imponer una multa equivalente...
- Artículo 301. Para determinar el monto de las multas establecidas en el presente Capítulo,...
- Artículo 302. Las multas que imponga el Instituto serán ejecutadas por el Servicio de...
- Artículo 303. Las concesiones y las autorizaciones se podrán revocar por cualquiera de...
- Artículo 304. El titular de una concesión o autorización que hubiere sido revocada, estará...
- Artículo 305. Las personas que presten servicios de telecomunicaciones o de radiodifusión,...
- Artículo 306. Quien dañe, perjudique o destruya cualquiera de las vías generales de...
- Artículo 307. Las sanciones que se señalan en este capítulo se aplicarán sin perjuicio de...
- Artículo 307 Bis. Los concesionarios de telecomunicaciones o, en su caso, los autorizados,...
- Artículo 307 Ter. A quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo anterior, se le...
- Artículo 307 Quáter. La aplicación de las sanciones a que se refiere este Título, se hará...
- Artículo 307 Quintus. Para la determinación y cuantificación de las multas a que se refiere este...
- Artículo 308. Las infracciones a lo dispuesto en esta Ley y a las disposiciones que deriven...
- Artículo 309. En el caso de las infracciones previstas en el artículo anterior, para la...
- Artículo 310. Para la determinación y cuantificación de las multas a que se refiere este...
- Artículo 311. Corresponde al Instituto sancionar conforme a lo siguiente: a)Con multa...
- Artículo 312. Las normas generales, actos u omisiones del Instituto podrán ser impugnados...
- Artículo 313. Cuando se trate de resoluciones del Instituto emanadas de un procedimiento...
- Artículo 314. Los juicios de amparo indirecto serán sustanciados por los jueces y...
- Artículo 315. Corresponderá a los tribunales especializados del Poder Judicial de la...
Otras regulaciones
Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2017 Ley federal para el fomento y protección del maíz nativo Ley General de Contabilidad Gubernamental Ley Nacional de Ejecución PenalMejores juristas
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- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
No manda a tu hijo solo y que te cuente que le dijeron
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