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LFT Artículo 171 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley Federal del Trabajo Federal
Artículo 171.

Los servicios de guardería infantil se prestarán por el Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con su Ley y disposiciones reglamentarias.

Federal de México Artículo 171 Ley Federal del Trabajo
Artículo 1o ...170 170 Bis 171 172 173 ...1010

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Los comentarios de los usuarios

Tengo una empleada que es muy conflictiva y problemática se fue de incapacidad por maternidad cuanto tiempo se debe esperar después de que regrese a laborar para poder rescindir de sus servicios?

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