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LFT Artículo 475 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley Federal del Trabajo Federal
Artículo 475.

Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

Federal de México Artículo 475 Ley Federal del Trabajo
Artículo 1o ...473 474 475 475 Bis 476 ...1010

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Los comentarios de los usuarios

El tiene incapacidad temporal (riesgo de trabajo) y el sindicato esta pidiendo el pago de sus vacaciones y la prima vacacional si le corresponde??

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