Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal de México
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Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/09/2023
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal de México
- Artículo 1. 1.La presente Ley es de orden público y de observancia general en el...
- Artículo 2. 1.Esta Ley reglamenta las normas constitucionales relativas a: a) Los...
- Artículo 3. 1.Para los efectos de esta Ley se entiende por: a) Actos Anticipados de...
- Artículo 4. 1.El Instituto y los Organismos Públicos Locales, en el ámbito de su...
- Artículo 5. 1.La aplicación de esta Ley corresponde, en sus respectivos ámbitos de...
- Artículo 6. 1.La promoción de la participación ciudadana para el ejercicio del derecho al...
- Artículo 7. 1.Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación que se...
- Artículo 8. 1.Es obligación de los ciudadanos integrar las mesas directivas de casilla en...
- Artículo 9. 1.Para el ejercicio del voto los ciudadanos deberán satisfacer, además de los...
- Artículo 10. 1.Son requisitos para ser Diputada o Diputado Federal o Senadora o Senador,...
- Artículo 11. 1. A ninguna persona podrá registrársele como candidata a distintos cargos de...
- Artículo 11 Bis. 1. Los partidos políticos y coaliciones deberán respetar la paridad de género...
- Artículo 12. 1.El ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en un solo individuo que se...
- Artículo 13. 1.El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un...
- Artículo 14. 1.La Cámara de Diputados se integra por 300 diputados electos según el...
- Artículo 15. 1.Se entiende por votación total emitida, la suma de todos los votos...
- Artículo 16. 1.Para la asignación de diputados de representación proporcional conforme a...
- Artículo 17. 1.Una vez desarrollada la fórmula prevista en el artículo anterior, se...
- Artículo 18. 1.Para la asignación de diputados de representación proporcional en el caso...
- Artículo 19. 1.Determinada la asignación de diputados por partido político a que se...
- Artículo 20. 1.En todos los casos, para la asignación de los diputados por el principio de...
- Artículo 21. 1.Para la asignación de senadores por el principio de representación...
- Artículo 22. 1.Las elecciones ordinarias deberán celebrarse el primer domingo de junio del...
- Artículo 23. 1.Cuando se declare nula una elección o los integrantes de la fórmula...
- Artículo 24. 1.Las convocatorias para la celebración de elecciones extraordinarias no...
- Artículo 25. 1. Las elecciones locales ordinarias en las que se elijan titulares de los...
- Artículo 26. 1. Los poderes Ejecutivo y Legislativo de las 32 entidades federativas de la...
- Artículo 27. 1. Las Legislaturas de las entidades federativas se integrarán con diputadas...
- Artículo 28. 1.El número de representantes en las legislaturas de los Estados será...
- Artículo 28 Bis. 1. El Instituto y los Órganos Públicos Locales de las entidades federativas...
- Artículo 28 Ter. 1.En el marco del Sistema Nacional Electoral toda la información...
- Artículo 29. 1.El Instituto es un organismo público autónomo dotado de personalidad...
- Artículo 30. 1.Son fines del Instituto: a)Contribuir al desarrollo de la vida...
- Artículo 31. 1.El Instituto es autoridad en la materia electoral, independiente en sus...
- Artículo 32. 1. El Instituto ejercerá la rectoría del Sistema Nacional Electoral y tendrá...
- Artículo 33. 1. El Instituto tiene su domicilio en la Ciudad de México y ejercerá sus...
- Artículo 34. 1.Los órganos centrales del Instituto son: a) El Consejo General, y...
- Artículo 35. 1.El Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de...
- Artículo 36. 1.El Consejo General se integra por una Consejera o Consejero Presidente,...
- Artículo 37. 1.En caso de vacante de los Consejeros del Poder Legislativo, el Consejero...
- Artículo 38. 1. Las personas Consejeros Electorales deben reunir los siguientes...
- Artículo 39. 1.El Consejero Presidente, los Consejeros Electorales y el Secretario...
- Artículo 40. 1.El Consejo General se reunirá en sesión ordinaria cada tres meses. Su...
- Artículo 41. 1.Para que el Consejo General pueda sesionar es necesario que esté presente...
- Artículo 42. 1.El Consejo General integrará las comisiones temporales que considere...
- Artículo 43. 1.El Consejo General ordenará la publicación en el Diario Oficial de la...
- Artículo 44. 1.El Consejo General tiene las siguientes atribuciones: a) Aprobar y...
- Artículo 45. 1.Corresponden al Presidente del Consejo General las atribuciones siguientes:...
- Artículo 46. 1. Corresponde al titular de la Secretaría Ejecutiva, en auxilio del Consejo...
- Artículo 47. 1. La Comisión de Administración del Consejo General será integrada en los...
- Artículo 48. 1.La Comisión de Administración se reunirá por lo menos una vez al mes,...
- Artículo 49. 1. La persona titular de la Secretaría Ejecutiva auxiliará al Consejo General...
- Artículo 50. 1. La persona titular de la Secretaría Ejecutiva durará en el cargo seis años...
- Artículo 51. 1.Son atribuciones de la Secretaría Ejecutiva del Instituto:...
- Artículo 52. 1.Para el desarrollo de sus actividades, el Instituto contará con...
- Artículo 53. Derogado.
- Artículo 54. 1.La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores tiene las...
- Artículo 55. 1. La Dirección Ejecutiva de Partidos Políticos tiene las siguientes...
- Artículo 56. 1. La Dirección Ejecutiva de Organización y Capacitación Electoral, en...
- Artículo 57. 1. La Dirección Ejecutiva de Administración y del Servicio Profesional...
- Artículo 58. 1. La Dirección Ejecutiva de Organización y Capacitación Electoral en materia...
- Artículo 59. 1. La Dirección Ejecutiva de Administración y del Servicio Profesional...
- Artículo 60. Derogado.
- Artículo 60 Bis. 1. La Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso Electoral tiene las...
- Artículo 61. 1. El Instituto contará en su estructura con los siguientes órganos de...
- Artículo 62. 1. Los órganos locales se integran por tres vocales: de Organización y...
- Artículo 63. 1. Las personas vocales ejecutivas tendrán, dentro del ámbito de su...
- Artículo 64. 1. Son atribuciones de las vocalías ejecutivas, dentro del ámbito de su...
- Artículo 65. 1. Durante los procesos electorales se instalará un Consejo Local, que será...
- Artículo 66. 1.Los Consejeros Electorales de los consejos locales, deberán satisfacer los...
- Artículo 67. 1. Los Consejos Locales iniciarán sus sesiones a más tardar el día 30 de...
- Artículo 68. 1. Durante los procesos electorales los Consejos Locales tienen las...
- Artículo 69. 1.Los consejos locales con residencia en las capitales designadas cabecera de...
- Artículo 70. 1. Las personas titulares de la presidencia de los Consejos Locales tienen...
- Artículo 71. 1. En cada uno de los 300 distritos electorales el Instituto contará con los...
- Artículo 72. 1.Las oficinas auxiliares apoyan a los órganos locales en el cumplimiento de...
- Artículo 73. 1.Las oficinas auxiliares, dentro del ámbito de su competencia y en lo que...
- Artículo 74. 1. Los vocales operativos tendrán a su cargo las actividades siguientes:...
- Artículo 75. 1. El Instituto podrá contar con oficinas municipales. En el acuerdo de...
- Artículo 76. 1. Los consejos distritales funcionarán durante el proceso electoral federal...
- Artículo 77. 1. Las personas Consejeras Electorales de los consejos distritales deberán...
- Artículo 78. 1. Los consejos distritales se instalarán en la última semana del mes de...
- Artículo 79. 1.Los consejos distritales tienen, en el ámbito de su competencia, las...
- Artículo 80. 1. Las presidencias de los consejos distritales tienen las siguientes...
- Artículo 80 Bis. 1. Las oficinas municipales son órganos auxiliares que sirven como centro de...
- Artículo 80 Ter. 1. En cualquier proceso electoral ordinario, la operación de las oficinas...
- Artículo 80 Quater. 1. La Dirección Ejecutiva de Organización y Capacitación Electoral elaborará...
- Artículo 80 Quinquies. 1. Las oficinas municipales tendrán una estructura mínima indispensable...
- Artículo 81. 1.Las mesas directivas de casilla por mandato constitucional, son los...
- Artículo 82. 1.Las mesas directivas de casilla se integrarán con un presidente, un...
- Artículo 83. 1.Para ser integrante de mesa directiva de casilla se requiere: a) Ser...
- Artículo 84. 1.Son atribuciones de los integrantes de las mesas directivas de casilla:...
- Artículo 85. 1.Son atribuciones de los presidentes de las mesas directivas de casilla:...
- Artículo 86. 1.Son atribuciones de los secretarios de las mesas directivas de casilla:...
- Artículo 87. 1.Son atribuciones de los escrutadores de las mesas directivas de casilla:...
- Artículo 88. 1.Los integrantes del Consejo General, de los consejos locales y distritales...
- Artículo 89. 1.Los partidos políticos nacionales deberán acreditar a sus representantes...
- Artículo 90. 1. Cuando la persona representante propietaria de un partido y, en su caso...
- Artículo 91. 1.Los órganos del Instituto expedirán, a solicitud de los representantes de...
- Artículo 92. 1.Las sesiones de los consejos del Instituto serán públicas. 2.Los...
- Artículo 93. 1.En las mesas de sesiones de los consejos sólo ocuparán lugar y tomarán...
- Artículo 94. 1.Las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales están...
- Artículo 95. 1. Las personas funcionarias electorales y representantes de los partidos...
- Artículo 96. 1.Los consejos locales y distritales, dentro de las veinticuatro horas...
- Artículo 97. 1.Durante los procesos electorales federales, todos los días y horas son...
- Artículo 98. 1.Los Organismos Públicos Locales están dotados de personalidad jurídica y...
- Artículo 99. 1. Los Organismos Públicos Locales contarán con un órgano de dirección...
- Artículo 100. 1.El consejero presidente y los Consejeros Electorales de los Organismos...
- Artículo 101. 1.Para la elección del consejero presidente y los Consejeros Electorales de...
- Artículo 102. 1.Los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales estarán...
- Artículo 103. 1. Cuando la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo Contencioso Electoral del...
- Artículo 104. 1. Corresponde a los Organismos Públicos Locales ejercer funciones en las...
- Artículo 105. 1.Las autoridades electorales jurisdiccionales locales son los órganos...
- Artículo 106. 1.Las autoridades electorales jurisdiccionales en las entidades federativas...
- Artículo 107. 1.Durante el periodo de su encargo, los magistrados electorales no podrán...
- Artículo 108. 1.Para la elección de los magistrados electorales que integren los organismos...
- Artículo 109. 1.En caso de presentarse alguna vacante temporal de alguno de los magistrados...
- Artículo 110. 1.Todas las sesiones de las autoridades electorales jurisdiccionales locales...
- Artículo 111. 1.Las leyes locales deberán regular el sistema de medios de impugnación...
- Artículo 112. 1.En ningún caso los magistrados electorales locales podrán abstenerse de...
- Artículo 113. 1.Son impedimentos para conocer de los asuntos, independientemente de los...
- Artículo 114. 1.Las excusas y recusaciones que por impedimento legal se presenten, serán...
- Artículo 115. 1. Para ser Magistrado Electoral se requieren los siguientes requisitos:...
- Artículo 116. 1. Los congresos locales determinarán en el presupuesto anual las...
- Artículo 117. 1.Con independencia de lo que mandaten las Constituciones y leyes locales,...
- Artículo 118. 1. Los magistrados electorales sólo podrán ser privados de sus cargos en...
- Artículo 119. 1.La coordinación de actividades entre el Instituto y los Organismos Públicos...
- Artículo 120. 1. La asunción y la atracción se resolverán en términos del presente...
- Artículo 121. 1. Los casos de asunción de la elección se resolverán mediante procedimientos...
- Artículo 122. 1.Las reglas sobre notificaciones, términos, valoración de las pruebas y el...
- Artículo 123. 1. Los Organismos Públicos Locales podrán, con la aprobación de la mayoría de...
- Artículo 124. 1.En el caso de la facultad de atracción a que se refiere el inciso c) del...
- Artículo 125. 1. La delegación de funciones del Instituto en los Organismos Públicos...
- Artículo 125 Bis. 1.Con fundamento en el artículo 41 de la Constitución y para asegurar el...
- Artículo 125 Ter. 1. El Servicio Profesional Electoral Nacional se integra por los servidores...
- Artículo 125 Quater. 1.El Estatuto deberá establecer las normas para: a) Definir los niveles...
- Artículo 125 Quinquies. 1. El Consejo General además del Estatuto en el que se establezcan las normas...
- Artículo 125 Sexies. 1.Por la naturaleza de la función estatal que tiene encomendada el Instituto,...
- Artículo 125 Septies. 1. Todo el personal del Instituto será considerado de confianza y quedará...
- Artículo 126. 1. El Instituto prestará por conducto de la dirección ejecutiva competente y...
- Artículo 127. 1.El Registro Federal de Electores será el encargado de mantener actualizado...
- Artículo 128. 1.En el Padrón Electoral constará la información básica de los varones y...
- Artículo 129. 1.El Padrón Electoral del Registro Federal de Electores se formará, mediante...
- Artículo 130. 1.Los ciudadanos están obligados a inscribirse en el Registro Federal de...
- Artículo 131. 1.El Instituto debe incluir a los ciudadanos en las secciones del Registro...
- Artículo 132. 1.La técnica censal es el procedimiento que el Instituto instrumentará para...
- Artículo 133. 1.El Instituto se encargará de formar y administrar el padrón electoral y la...
- Artículo 134. 1.Con base en el Padrón Electoral, la Dirección Ejecutiva del Registro...
- Artículo 135. 1. Para la incorporación al Padrón Electoral se requerirá solicitud...
- Artículo 136. 1.Los ciudadanos tendrán la obligación de acudir a las oficinas o módulos que...
- Artículo 137. 1.Una vez llevado a cabo el procedimiento a que se refiere el artículo...
- Artículo 138. 1.A fin de actualizar el Padrón Electoral, el Instituto, a través de la...
- Artículo 139. 1.Los Ciudadanos podrán solicitar su inscripción en el Padrón Electoral, en...
- Artículo 140. 1.La solicitud de incorporación al Padrón Electoral se hará en formas...
- Artículo 141. 1.Los ciudadanos mexicanos residentes en el territorio nacional, que se...
- Artículo 142. 1.Dentro de los treinta días siguientes a su cambio de domicilio, los...
- Artículo 143. 1. Podrán solicitar la expedición de credencial para votar con fotografía o...
- Artículo 144. 1. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores podrá utilizar la...
- Artículo 145. 1. Las comisiones de vigilancia podrán solicitar a la Dirección Ejecutiva del...
- Artículo 146. 1.Las credenciales para votar con fotografía que se expidan conforme a lo...
- Artículo 147. 1.Las listas nominales de electores son las relaciones elaboradas por la...
- Artículo 148. 1. En cada Oficina Auxiliar, de manera permanente, el Instituto pondrá a...
- Artículo 149. 1. Las observaciones pertinentes que la ciudadanía formule a las listas...
- Artículo 150. 1. Los partidos políticos, conforme a lo establecido en el párrafo 2 del...
- Artículo 151. 1.El 15 de febrero del año en que se celebre el proceso electoral ordinario,...
- Artículo 152. 1.Los partidos políticos contarán en el Instituto con terminales de...
- Artículo 153. 1.La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, una vez...
- Artículo 154. 1.A fin de mantener permanentemente actualizado el padrón electoral, la...
- Artículo 155. 1.Las solicitudes de trámite realizadas por los ciudadanos residentes en...
- Artículo 156. 1.La credencial para votar deberá contener, cuando menos, los siguientes...
- Artículo 157. 1.Los órganos de vigilancia son la Comisión Nacional de Vigilancia, las...
- Artículo 158. 1. Los órganos de vigilancia tienen las siguientes atribuciones:...
- Artículo 159. 1.Los partidos políticos tienen derecho al uso de manera permanente de los...
- Artículo 160. 1.El Instituto es la autoridad única para la administración del tiempo que...
- Artículo 161. 1.El Instituto y las autoridades electorales de las entidades federativas,...
- Artículo 162. 1.El Instituto ejercerá sus facultades en materia de radio y televisión a...
- Artículo 163. 1. La Comisión Jurídica y de lo Contencioso Electoral, de manera motivada y...
- Artículo 164. 1.Los Organismos Públicos Locales deberán solicitar al Instituto el tiempo de...
- Artículo 165. 1.Dentro de los procesos electorales federales, a partir del inicio de las...
- Artículo 166. 1.El tiempo a que se refiere el párrafo 1 del artículo anterior será...
- Artículo 167. 1.Durante las precampañas y campañas electorales federales, el tiempo en...
- Artículo 168. 1.A partir del día en que, conforme a esta Ley y a la resolución que expida...
- Artículo 169. 1. Del tiempo total disponible a que se refiere el párrafo 1 del artículo...
- Artículo 170. 1.El tiempo a que se refiere el párrafo 1 del artículo anterior será...
- Artículo 171. 1.Cada partido decidirá libremente la asignación por tipo de campaña federal...
- Artículo 172. 1.Cada partido político determinará, para cada entidad federativa, la...
- Artículo 173. 1.En las entidades federativas con procesos electorales locales con jornadas...
- Artículo 174. 1.Cada partido decidirá la asignación, entre las campañas que comprenda cada...
- Artículo 175. 1.Para fines electorales en las entidades federativas cuya jornada comicial...
- Artículo 176. 1. Para su asignación entre los partidos políticos, durante el periodo de...
- Artículo 177. 1.Con motivo de las campañas electorales locales en las entidades federativas...
- Artículo 178. 1.Los partidos con registro local vigente, previo a la elección de que se...
- Artículo 179. 1.En las entidades federativas a que se refiere el artículo 175 de esta Ley...
- Artículo 180. 1.En ningún caso el Instituto podrá autorizar a los partidos políticos tiempo...
- Artículo 181. 1Fuera de los periodos de precampaña y campaña electorales federales, del...
- Artículo 182. 1.El Instituto, y por su conducto, los Organismos Públicos Locales y las...
- Artículo 183. 1.Conforme a la Base III del artículo 41 de la Constitución, cuando a juicio...
- Artículo 184. 1. Para asegurar a los partidos políticos y candidatos independientes la...
- Artículo 185. 1. El Consejo General ordenará la realización de monitoreos de las...
- Artículo 186. 1. El Reglamento establecerá los plazos para la entrega, sustitución o puesta...
- Artículo 187. 1. Los partidos políticos nacionales disfrutarán de las franquicias postales,...
- Artículo 188. 1.Las franquicias postales se sujetarán a las siguientes reglas: a)El...
- Artículo 189. Derogado. CAPÍTULO III De la Fiscalización de Partidos Políticos
- Artículo 190. 1.La fiscalización de los partidos políticos se realizará en los términos y...
- Artículo 191. 1. Son facultades del Consejo General del Instituto las siguientes:...
- Artículo 192. 1. El Consejo General del Instituto ejercerá las facultades de supervisión,...
- Artículo 193. 1. El documento que ordene la visita de verificación prevista en el inciso...
- Artículo 194. 1. Para el funcionamiento de la Comisión de Fiscalización, se estará a las...
- Artículo 195. 1. Los Organismos Públicos Locales que ejerzan facultades de fiscalización...
- Artículo 196. 1. La Dirección Ejecutiva de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización...
- Artículo 197. 1. La persona titular de la Dirección Ejecutiva de Fiscalización será...
- Artículo 198. 1. El personal de la Comisión de Fiscalización y la Dirección Ejecutiva de...
- Artículo 199. 1. La Dirección Ejecutiva de Fiscalización tendrá las facultades siguientes:...
- Artículo 200. 1. Las autoridades y las instituciones públicas y privadas están obligadas a...
- Artículo 201. Se deroga. CAPÍTULO II Del Servicio Profesional Electoral Nacional
- Artículo 202. Se deroga. CAPÍTULO III Del Estatuto del Servicio Profesional...
- Artículo 203. Se deroga. CAPÍTULO IV De las Disposiciones Complementarias
- Artículo 204. Se deroga.
- Artículo 205. Se deroga.
- Artículo 206. Se deroga. LIBRO QUINTO De los Procesos Electorales TÍTULO...
- Artículo 207. 1.El proceso electoral es el conjunto de actos ordenados por la Constitucióny...
- Artículo 208. 1.Para los efectos de esta Ley, el proceso electoral ordinario comprende las...
- Artículo 209. 1. Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y...
- Artículo 210. 1.La distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los...
- Artículo 211. 1.Para los efectos de este Capítulo, se entenderá por propaganda de...
- Artículo 212. 1.Los partidos políticos, precandidatos y simpatizantes están obligados a...
- Artículo 213. 1.El Consejo General emitirá las reglas, lineamientos y criterios que las...
- Artículo 214. 1. La demarcación de los distritos electorales federales y locales será...
- Artículo 215. 1.El Consejo General será responsable de aprobar los programas de...
- Artículo 216. 1. El Consejo General emitirá las características de la documentación y...
- Artículo 217. 1.Los ciudadanos que deseen ejercitar su derecho como observadores...
- Artículo 218. 1.El Consejo General organizará dos debates obligatorios entre todos los...
- Artículo 219. 1.El Programa de Resultados Electorales Preliminares es el mecanismo de...
- Artículo 220. 1. Corresponderá al Instituto realizar y asumir los conteos rápidos de los...
- Artículo 221. 1. El Instituto establecerá convenios de coordinación con la Secretaría de...
- Artículo 222. 1.Las personas físicas o morales que difundan encuestas o sondeos de opinión...
- Artículo 223. 1.La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la unidad...
- Artículo 224. 1.Las disposiciones del presente Título sólo serán aplicables a los procesos...
- Artículo 225. 1. El proceso electoral ordinario se inicia en la tercera semana del mes de...
- Artículo 226. 1.Los procesos internos para la selección de candidatos a cargos de elección...
- Artículo 227. 1.Se entiende por precampaña electoral el conjunto de actos que realizan los...
- Artículo 228. 1.Los partidos políticos, conforme a sus Estatutos, deberán establecer el...
- Artículo 229. 1. A más tardar en el mes de noviembre del año previo al de la elección, el...
- Artículo 230. 1.Quedarán comprendidos dentro de los topes de gasto de precampaña los...
- Artículo 231. 1.A las precampañas y a los precandidatos que en ellas participen les serán...
- Artículo 232. 1.Corresponde a los partidos políticos nacionales el derecho de solicitar el...
- Artículo 233. 1. De la totalidad de solicitudes de registro, tanto de las candidaturas a...
- Artículo 234. 1. Las listas de representación proporcional se integrarán por fórmulas de...
- Artículo 235. 1.Hecho el cierre del registro de candidaturas, si un partido político o...
- Artículo 236. 1.Para el registro de candidaturas a todo cargo de elección popular, el...
- Artículo 237. 1.Los plazos y órganos competentes para el registro de las candidaturas en...
- Artículo 238. 1.La solicitud de registro de candidaturas deberá señalar el partido político...
- Artículo 239. 1.Recibida una solicitud de registro de candidaturas por el presidente o...
- Artículo 240. 1.El Consejo General solicitará oportunamente la publicación en el Diario...
- Artículo 241. 1.Para la sustitución de candidatos, los partidos políticos y coaliciones lo...
- Artículo 242. 1.La campaña electoral, para los efectos de este Título, es el conjunto de...
- Artículo 243. 1.Los gastos que realicen los partidos políticos, las coaliciones y sus...
- Artículo 244. 1.Las reuniones públicas realizadas por los partidos políticos y los...
- Artículo 245. 1.Los partidos políticos o candidatos que decidan dentro de la campaña...
- Artículo 246. 1.La propaganda impresa que los candidatos utilicen durante la campaña...
- Artículo 247. 1.La propaganda y mensajes que en el curso de las precampañas y campañas...
- Artículo 248. 1.La propaganda que los partidos políticos, las coaliciones y los candidatos...
- Artículo 249. 1.En las oficinas, edificios y locales ocupados por la administración y los...
- Artículo 250. 1.En la colocación de propaganda electoral los partidos y candidatos...
- Artículo 250 Bis. 1. Los proveedores de servicios publicitarios, durante las campañas...
- Artículo 251. 1.Las campañas electorales para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos,...
- Artículo 252. 1.Cualquier infracción a las disposiciones contenidas en el presente Capítulo...
- Artículo 253. 1.En elecciones federales o en las elecciones locales concurrentes con la...
- Artículo 254. 1. El procedimiento para integrar las mesas directivas de casilla, se llevará...
- Artículo 255. 1.Las casillas deberán ubicarse en lugares que reúnan los requisitos...
- Artículo 256. 1.El procedimiento para determinar la ubicación de las casillas será el...
- Artículo 257. 1.Las publicaciones de las listas de integrantes de las mesas directivas y...
- Artículo 258. 1. Los consejos distritales, a propuesta de las oficinas auxiliares,...
- Artículo 259. 1. Los partidos políticos, una vez registrados sus candidatos, fórmulas y...
- Artículo 260. 1. La actuación de los representantes generales de los partidos y de...
- Artículo 261. 1.Los representantes de los partidos políticos y de Candidatos Independientes...
- Artículo 262. 1. Los Consejos Distritales serán auxiliados por el personal de los Consejos...
- Artículo 263. Derogado.
- Artículo 264. 1. Los nombramientos de los representantes ante las mesas directivas de...
- Artículo 265. 1.Los nombramientos de los representantes generales deberán contener los...
- Artículo 266. 1.Para la emisión del voto el Consejo General, tomando en cuenta las medidas...
- Artículo 267. 1.No habrá modificación a las boletas en caso de cancelación del registro o...
- Artículo 268. 1.Las boletas deberán obrar en poder del consejo distrital quince días antes...
- Artículo 269. 1.Los presidentes de los consejos distritales entregarán a cada presidente...
- Artículo 270. 1.Las urnas en que los electores depositen las boletas, una vez emitido el...
- Artículo 271. 1.El presidente y el secretario de cada casilla cuidarán las condiciones...
- Artículo 272. 1.Los consejos distritales darán publicidad a la lista de los lugares en que...
- Artículo 272 Bis. 1. Es derecho de las personas Senadoras y Diputadas Federales optar por la...
- Artículo 272 Ter. 1.La postulación para elección consecutiva sólo podrá ser realizada por el...
- Artículo 272 Quater. 1. Las y los legisladores podrán elegirse de manera consecutiva a través de...
- Artículo 272 Quinquies. 1.Podrán optar por la elección consecutiva las personas legisladoras...
- Artículo 272 Sexies. 1. Los partidos políticos de reciente creación podrán postular candidaturas...
- Artículo 273. 1. El día de la jornada electoral, se levantará acta única por elección, por...
- Artículo 274. 1.De no instalarse la casilla, a las 8:15 horas conforme al artículo...
- Artículo 275. 1.Los funcionarios y representantes que actuaron en la casilla, deberán, sin...
- Artículo 276. 1.Se considera que existe causa justificada para la instalación de una...
- Artículo 277. 1. Una vez llenada y firmada el acta única por elección en el apartado...
- Artículo 278. 1.Los electores votarán en el orden en que se presenten ante la mesa...
- Artículo 279. 1.Una vez comprobado que el elector aparece en las listas nominales y que...
- Artículo 280. 1.Corresponde al presidente de la mesa directiva, en el lugar en que se haya...
- Artículo 281. 1.El presidente de la mesa directiva podrá solicitar, en todo tiempo, el...
- Artículo 282. 1.Los representantes de los partidos políticos y de Candidatos Independientes...
- Artículo 283. 1.Ninguna autoridad podrá detener a los integrantes de las mesas directivas...
- Artículo 284. 1.En las casillas especiales para recibir la votación de los electores que...
- Artículo 284 Bis. 1. El voto de personas en prisión preventiva oficiosa se realizará en los...
- Artículo 284 Ter. 1. El voto que ejerzan las personas con discapacidad permanente o en estado...
- Artículo 285. 1.La votación se cerrará a las 18:00 horas. 2.Podrá cerrarse antes de la...
- Artículo 286. 1.El presidente declarará cerrada la votación al cumplirse con los extremos...
- Artículo 287. 1. Una vez cerrada la votación y llenado y firmado el apartado...
- Artículo 288. 1.El escrutinio y cómputo es el procedimiento por el cual los integrantes de...
- Artículo 289. 1.El escrutinio y cómputo se llevará a cabo en el orden siguiente: a)De...
- Artículo 290. 1.El escrutinio y cómputo de cada elección federal, y en caso de casilla...
- Artículo 291. 1.Para determinar la validez o nulidad de los votos se observarán las reglas...
- Artículo 292. 1.Si se encontrasen boletas de una elección en la urna correspondiente a...
- Artículo 293. 1. Se debe consignar en el acta única por elección, en el apartado respectivo...
- Artículo 294. 1. Concluido el escrutinio y el cómputo de todas las votaciones se deben...
- Artículo 295. 1.Al término del escrutinio y cómputo de cada una de las elecciones, se...
- Artículo 296. 1. De las actas de las casillas asentadas en la forma o formas que al efecto...
- Artículo 297. 1.Cumplidas las acciones a que se refiere el artículo anterior, los...
- Artículo 298. 1.Concluidas por los funcionarios de la mesa directiva de casilla las...
- Artículo 299. 1.Una vez clausuradas las casillas, los presidentes de las mismas, bajo su...
- Artículo 300. 1.Para asegurar el orden y garantizar el desarrollo de la jornada electoral,...
- Artículo 301. 1.Las autoridades federales, estatales y municipales, a requerimiento que les...
- Artículo 302. 1.Los notarios públicos en ejercicio mantendrán abiertas sus oficinas el día...
- Artículo 303. 1. Los y las consejeras electorales, con la vigilancia de los representantes...
- Artículo 304. 1.Para la recepción de los paquetes electorales, lectura y captura de los...
- Artículo 305. 1. El Programa de Resultados Electorales Preliminares es el mecanismo de...
- Artículo 306. 1.El Instituto definirá a más tardar en el mes de abril del año de la...
- Artículo 307. 1. Conforme los paquetes electorales sean entregados al consejo distrital, se...
- Artículo 308. 1.Para el mejor conocimiento de los ciudadanos, concluido el plazo a que se...
- Artículo 309. 1. El cómputo distrital de una elección es la suma que realiza el consejo...
- Artículo 310. 1. Los consejos distritales celebrarán sesión a partir de las 18:00 horas del...
- Artículo 311. 1. El cómputo distrital de la votación para diputados se sujetará al...
- Artículo 312. 1.Concluido el cómputo y emitida la declaración de validez para la elección...
- Artículo 313. 1.El cómputo distrital de la votación para senador se sujetará al...
- Artículo 314. 1.El cómputo distrital de la votación para Presidente de los Estados Unidos...
- Artículo 315. 1.Los presidentes de los consejos distritales fijarán en el exterior de sus...
- Artículo 316. 1.El presidente del consejo distrital deberá: a)Integrar el expediente...
- Artículo 317. 1. El presidente del consejo distrital, una vez integrados los expedientes...
- Artículo 318. 1.Los presidentes de los consejos distritales conservarán en su poder una...
- Artículo 319. 1.Los consejos locales celebrarán sesión el domingo siguiente al día de la...
- Artículo 320. 1.El cómputo de entidad federativa es el procedimiento por el cual cada uno...
- Artículo 321. 1. El presidente del consejo local deberá: a)Expedir, al concluir la...
- Artículo 322. 1.El cómputo de circunscripción plurinominal es la suma que realiza cada uno...
- Artículo 323. 1.El consejo local que resida en la capital cabecera de cada circunscripción...
- Artículo 324. 1.El cómputo de circunscripción plurinominal se sujetará al procedimiento...
- Artículo 325. 1.El presidente del consejo local que resida en la capital cabecera de la...
- Artículo 326. 1.El domingo siguiente al de la jornada electoral, el Secretario Ejecutivo...
- Artículo 327. 1.En los términos de los artículos 54 y 56 de la Constitución, el Consejo...
- Artículo 328. 1.El Presidente del Consejo General expedirá a cada partido político, las...
- Artículo 329. 1.Las y los ciudadanos mexicanos que residan en el extranjero podrán ejercer...
- Artículo 330. 1.Para el ejercicio del voto las y los ciudadanos que residan en el...
- Artículo 331. 1.Las y los ciudadanos mexicanos que cumplan los requisitos señalados en el...
- Artículo 332. 1.La solicitud de inscripción en la sección del padrón electoral de las y los...
- Artículo 333. 1. Las listas nominales de electores residentes en el extranjero son las...
- Artículo 334. 1.A partir del 1 de septiembre y hasta al 15 de diciembre del año previo al...
- Artículo 335. 1Las solicitudes de inscripción alpadrón electoral de los ciudadanos...
- Artículo 336. 1.Concluido el plazo para la recepción de solicitudes de inscripción, la...
- Artículo 337. 1.Los partidos políticos, a través de sus representantes en la Comisión...
- Artículo 338. 1.A más tardar el 15 de febrero del año de la elección que corresponda, la...
- Artículo 339. 1. A más tardar el 31 de diciembre del año anterior al de la elección, el...
- Artículo 340. 1. La documentación y el material electoral a que se refiere el artículo...
- Artículo 341. 1.Recibida la boleta electoral por los ciudadanos que eligieron votar por vía...
- Artículo 342. 1.Una vez que el ciudadano haya votado, deberá doblar e introducir la boleta...
- Artículo 343. 1. El Consejo General determinará la forma en que los ciudadanos en el...
- Artículo 344. 1.La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores o, en su caso, los...
- Artículo 345. 1.Serán considerados votos emitidos en el extranjero los que se reciban por...
- Artículo 346. 1. Con base en las listas nominales de electores residentes en el...
- Artículo 347. 1.La mesa de escrutinio y cómputo electrónica se instalará a las 17:00 horas...
- Artículo 348. 1. Para el escrutinio y cómputo de los votos emitidos en el extranjero para...
- Artículo 349. 1.Las actas únicas por elección de cada mesa serán agrupadas conforme a la...
- Artículo 350. 1. Concluido en su totalidad el escrutinio y cómputo de los votos emitidos...
- Artículo 351. 1. El Consejo General, a través de la Dirección Ejecutiva de Organización y...
- Artículo 352. 1.El resultado de la votación emitida desde el extranjero se asentará en el...
- Artículo 353. 1.Los partidos políticos nacionales y locales, así como sus candidatos a...
- Artículo 354. 1.Para el cumplimiento de las atribuciones y tareas que este Libro otorga al...
- Artículo 355. 1. El costo de los servicios postales derivado de los envíos que por correo...
- Artículo 356. 1.El Consejo General y los Consejos de los Organismos Públicos Locales en...
- Artículo 357. 1.Las disposiciones contenidas en este Libro, tienen por objeto regular las...
- Artículo 358. 1.El Consejo General proveerá lo conducente para la adecuada aplicación de...
- Artículo 359. 1.Son aplicables, en todo lo que no contravenga las disposiciones de este...
- Artículo 360. 1.La organización y desarrollo de la elección de candidaturas independientes...
- Artículo 361. 1.El derecho de los ciudadanos de solicitar su registro de manera...
- Artículo 362. 1.Los ciudadanos que cumplan con los requisitos, condiciones y términos...
- Artículo 363. 1.Para los efectos de la integración del Congreso de la Unión en los términos...
- Artículo 364. 1.Las fórmulas de candidatos para el cargo de senador, deberán estar...
- Artículo 365. 1.Los Candidatos Independientes que hayan participado en una elección...
- Artículo 366. 1.Para los efectos de esta Ley, el proceso de selección de los Candidatos...
- Artículo 367. 1.El Consejo General emitirá la Convocatoria dirigida a los ciudadanos...
- Artículo 368. 1.Los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente a un...
- Artículo 369. 1.A partir del día siguiente de la fecha en que obtengan la calidad de...
- Artículo 370. 1.Se entiende por actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano, el conjunto...
- Artículo 371. 1. Para la candidatura de la persona titular del Ejecutivo de los Estados...
- Artículo 372. 1.Los aspirantes no podrán realizar actos anticipados de campaña por ningún...
- Artículo 373. 1.La cuenta a la que se refiere el artículo 368, párrafo 5 de esta ley...
- Artículo 374. 1.Los actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano se financiarán con...
- Artículo 375. 1.Los aspirantes que rebasen el tope de gastos señalado en el artículo...
- Artículo 376. 1.Todo egreso deberá cubrirse con cheque nominativo o transferencia...
- Artículo 377. 1.El Consejo General, a propuesta de la Dirección Ejecutiva de Fiscalización...
- Artículo 378. 1.El aspirante que no entregue el informe de ingresos y egresos, dentro de...
- Artículo 379. 1.Son derechos de los aspirantes: a)Solicitar a los órganos electorales,...
- Artículo 380. 1.Son obligaciones de las personas aspirantes: a)Conducirse con respeto...
- Artículo 381. 1.Los ciudadanos que aspiren a participar como Candidatos Independientes en...
- Artículo 382. 1.Los plazos y órganos competentes para el registro de las candidaturas...
- Artículo 383. 1.Los ciudadanos que aspiren a participar como Candidatos Independientes a un...
- Artículo 384. 1.Si de la verificación realizada se advierte que se omitió el cumplimiento...
- Artículo 385. 1.Una vez que se cumplan los demás requisitos establecidos en esta Ley, la...
- Artículo 386. 1.Si la solicitud no reúne el porcentaje requerido se tendrá por no presentada.
- Artículo 387. 1. Ninguna persona podrá registrarse como candidato a distintos cargos de...
- Artículo 388. 1.Dentro de los tres días siguientes al en que venzan los plazos, los...
- Artículo 389. 1.El Secretario del Consejo General y los presidentes de los consejos locales...
- Artículo 390. 1.Los Candidatos Independientes que obtengan su registro no podrán ser...
- Artículo 391. 1.Tratándose de la fórmula de diputados, será cancelado el registro de la...
- Artículo 392. 1.En el caso de las listas de fórmulas de Candidatos Independientes al cargo...
- Artículo 393. 1.Son prerrogativas y derechos de los Candidatos Independientes registrados:...
- Artículo 394. 1.Son obligaciones de las Candidatas y los Candidatos Independientes...
- Artículo 395. 1Los Candidatos Independientes que incumplan con la normatividad electoral...
- Artículo 396. 1.Los Candidatos Independientes, de conformidad con lo previsto por los...
- Artículo 397. 1.El registro de los nombramientos de los representantes ante mesas...
- Artículo 398. 1.El régimen de financiamiento de los Candidatos Independientes tendrá las...
- Artículo 399. 1.El financiamiento privado se constituye por las aportaciones que realicen...
- Artículo 400. 1.Los Candidatos Independientes tienen prohibido recibir aportaciones y...
- Artículo 401. 1.No podrán realizar aportaciones o donativos en efectivo, metales y piedras...
- Artículo 402. 1.Los Candidatos Independientes no podrán solicitar créditos provenientes de...
- Artículo 403. 1.Para el manejo de los recursos de campaña electoral, se deberá utilizar la...
- Artículo 404. 1.Todo egreso deberá cubrirse con cheque nominativo o transferencia...
- Artículo 405. 1.Las aportaciones de bienes muebles, servicios o de cualquier otra en...
- Artículo 406. 1.En ningún caso, los Candidatos Independientes podrán recibir en propiedad...
- Artículo 407. 1.Los Candidatos Independientes tendrán derecho a recibir financiamiento...
- Artículo 408. 1.El monto que le correspondería a un partido de nuevo registro, se...
- Artículo 409. 1.Los candidatos deberán nombrar una persona encargada del manejo de los...
- Artículo 410. 1.Los Candidatos Independientes deberán reembolsar al Instituto el monto del...
- Artículo 411. 1.El Instituto, como autoridad única para la administración del tiempo que...
- Artículo 412. 1.El conjunto de Candidatos Independientes, según el tipo de elección,...
- Artículo 413. 1.Los Candidatos Independientes deberán entregar sus materiales al Instituto...
- Artículo 414. 1.Ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de...
- Artículo 415. 1.El Instituto, podrá ordenar la suspensión inmediata de cualquier propaganda...
- Artículo 416. 1.Para la transmisión de mensajes de los Candidatos Independientes en cada...
- Artículo 417. 1.El tiempo que corresponda a cada Candidato Independiente será utilizado...
- Artículo 418. 1. La Comisión de Partidos Políticos del Instituto será la responsable de...
- Artículo 419. 1.Las infracciones a lo establecido en esta Sección serán sancionadas en los...
- Artículo 420. 1.Los Candidatos Independientes disfrutarán de las franquicias postales...
- Artículo 421. 1.Las franquicias postales para los Candidatos Independientes se sujetarán a...
- Artículo 422. Derogado. TÍTULO CUARTO De la Propaganda Electoral de losCandidatos...
- Artículo 423. 1.Son aplicables a los Candidatos Independientes, las normas sobre propaganda...
- Artículo 424. 1.La propaganda electoral de los Candidatos Independientes deberá tener el...
- Artículo 425. 1.La revisión de los informes que los aspirantes presenten sobre el origen y...
- Artículo 426. 1.La Dirección Ejecutiva de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización del...
- Artículo 427. 1. La Comisión de Fiscalización del Consejo General del Instituto, tendrá...
- Artículo 428. 1. La Dirección Ejecutiva de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización...
- Artículo 429. 1. En el ejercicio de sus facultades, la Dirección Ejecutiva de Fiscalización...
- Artículo 430. 1. Los aspirantes deberán presentar ante la Dirección Ejecutiva de...
- Artículo 431. 1.Los candidatos deberán presentar ante la Dirección Ejecutiva de...
- Artículo 432. 1.Los Candidatos Independientes figurarán en la misma boleta que el Consejo...
- Artículo 433. 1.En la boleta, de acuerdo a la elección de que se trate, aparecerá el nombre...
- Artículo 434. 1.En la boleta no se incluirá, ni la fotografía, ni la silueta del candidato.
- Artículo 435. 1.Los documentos electorales serán elaborados por el Instituto, aplicando en...
- Artículo 436. 1.Se contará como voto válido la marca que haga el elector en un solo...
- Artículo 437. 1.Para determinar la votación nacional emitida que servirá de base para la...
- Artículo 438. 1.Corresponde al Instituto la organización, desarrollo, otorgamiento y...
- Artículo 439. 1.En materia de fiscalización de recursos, el Instituto podrá convenir...
- Artículo 440. 1.Las leyes electorales locales deberán considerar las reglas de los...
- Artículo 441. 1.En la sustanciación de los procedimientos sancionadores, se aplicará...
- Artículo 442. 1.Son sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas a las...
- Artículo 442 Bis. 1.La violencia política contra las mujeres en razón de género, dentro del...
- Artículo 443. 1.Constituyen infracciones de los partidos políticos a la presente Ley:...
- Artículo 444. 1.Constituyen infracciones de las agrupaciones políticas a la presente Ley:...
- Artículo 445. 1.Constituyen infracciones de los aspirantes, precandidatos o candidatos a...
- Artículo 446. 1.Constituyen infracciones de los aspirantes y Candidatos Independientes a...
- Artículo 447. 1.Constituyen infracciones de los ciudadanos, de los dirigentes y afiliados a...
- Artículo 448. 1. Constituyen infracciones de los observadores electorales, y de las...
- Artículo 449. 1. Constituyen infracciones a la presente Ley de las autoridades o de las...
- Artículo 450. 1.Constituyen infracciones a la presente Ley de los notarios públicos, el...
- Artículo 451. 1.Constituyen infracciones a la presente Ley de los extranjeros, las...
- Artículo 452. 1. Constituyen infracciones a la presente Ley de los concesionarios de radio...
- Artículo 453. 1.Constituyen infracciones a la presente Ley de las organizaciones de...
- Artículo 454. 1.Constituyen infracciones a la presente Ley de las organizaciones...
- Artículo 455. 1.Constituyen infracciones a la presente Ley de los ministros de culto,...
- Artículo 456. 1.Las infracciones señaladas en los artículos 443 a 455 de esta Ley...
- Artículo 457. 1. Cuando las autoridades federales, estatales o municipales cometan alguna...
- Artículo 458. 1. Cuando las autoridades federales, estatales o municipales incumplan los...
- Artículo 459. 1. Son autoridades competentes para la sustanciación y resolución de los...
- Artículo 460. 1.Las notificaciones se harán a más tardar dentro de los tres días hábiles...
- Artículo 461. 1. Son objeto de prueba los hechos controvertidos. No lo será el derecho,...
- Artículo 462. 1.Las pruebas admitidas y desahogadas serán valoradas en su conjunto,...
- Artículo 463. 1. Para la resolución expedita de las quejas o denuncias y con el objeto de...
- Artículo 463 Bis. 1.Las medidas cautelares que podrán ser ordenadas por infracciones que...
- Artículo 463 Ter. 1.En la resolución de los procedimientos sancionadores, por violencia...
- Artículo 464. 1.El procedimiento para el conocimiento de las faltas y aplicación de...
- Artículo 465. 1. Cualquier persona podrá presentar quejas o denuncias por presuntas...
- Artículo 466. 1.La queja o denuncia será improcedente cuando: a)Tratándose de quejas o...
- Artículo 467. 1. Admitida la queja o denuncia, la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo...
- Artículo 468. 1.La investigación para el conocimiento cierto de los hechos se realizará por...
- Artículo 469. 1. Concluido el desahogo de las pruebas y, en su caso, agotada la...
- Artículo 470. 1.Dentro de los procesos electorales, la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo...
- Artículo 471. 1.Cuando la conducta infractora esté relacionada con propaganda política o...
- Artículo 472. 1. La audiencia de pruebas y alegatos se llevará a cabo de manera...
- Artículo 473. 1. Celebrada la audiencia, la Dirección Ejecutiva Jurídica y de lo...
- Artículo 474. 1.Cuando las denuncias a que se refiere este Capítulo tengan como motivo la...
- Artículo 474 Bis. 1.En los procedimientos relacionados con violencia política contra las...
- Artículo 475. 1. Será competente para resolver sobre el procedimiento especial sancionador...
- Artículo 476. 1.La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral recibirá del...
- Artículo 477. 1. Las sentencias que resuelvan el procedimiento especial sancionador podrán...
- Artículo 478. 1. Para los efectos del presente Capítulo, son consideradas como personas...
- Artículo 479. 1.Serán causas de responsabilidad para los servidores públicos del Instituto:...
- Artículo 480. 1.Para la determinación de las responsabilidades administrativas de los...
- Artículo 481. Se deroga.
- Artículo 482. Se deroga.
- Artículo 483. Se deroga.
- Artículo 484. Se deroga.
- Artículo 485. Se deroga.
- Artículo 486. Se deroga.
- Artículo 487. 1.El Órgano Interno de Control es un órgano dotado de autonomía técnica y de...
- Artículo 488. 1.El titular del Órgano Interno de Control deberá reunir los mismos...
- Artículo 489. 1.El titular del Órgano Interno de Control del Instituto será sujeto de...
- Artículo 490. 1.El Órgano Interno de Control tendrá las facultades siguientes: a)Fijar...
- Artículo 491. 1.Los servidores públicos adscritos al Órgano Interno de Control del...
- Artículo 492. 1.Los órganos, áreas ejecutivas y servidores públicos del Instituto estarán...
- Artículo 493. 1.Si transcurrido el plazo establecido por el Órgano Interno de Control, el...
Otras regulaciones
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México Ley Orgánica de la Financiera RuralMejores juristas

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