Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares Artículo 52 Federal de México
Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares Federal
Artículo 52.
Para la consulta pública a la que se hace referencia en el artículo anterior, la Secretaría de Gobernación deberá observar, como mínimo, las siguientes bases:I.Generar un mecanismo a través del cual la sociedad civil presente candidatos;
II.Publicar toda la información disponible sobre el perfil de las y los candidatos registrados, y
III.Hacer público el nombramiento sobre la persona titular de la Comisión Nacional de Búsqueda, acompañada de una exposición fundada y motivada sobre la idoneidad del perfil elegido.
Federal de México Artículo 52 Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
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Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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