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Ley Orgánica de la Armada de México Artículo 3 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Orgánica de la Armada de México Federal
Artículo 3.

La Armada de México ejerce sus atribuciones por sí o conjuntamente con el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, o en coadyuvancia con las dependencias del Ejecutivo Federal cuando así lo ordene el Mando Supremo, y podrá coordinarse con otros órganos de gobierno que así lo requieran, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella derivan y los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte.

TÍTULO SEGUNDO
DE LA INTEGRACIÓN, NIVELES DE MANDO Y ORGANIZACIÓN

CAPÍTULO I
DE LA INTEGRACIÓN

Federal de México Artículo 3 Ley Orgánica de la Armada de México
Artículo 1 2 3 4 5 ...94

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