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Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública Artículo 7o Federal de México


Derogado

Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública Federal
Artículo 7o.

Corresponde al Director General:

I.- Dirigir, administrar y representar legalmente al organismo;

II.- Nombrar al personal de la entidad;

III.- Elaborar y proponer a la Junta Directiva los programas y presupuestos del organismo;

IV.- Rendir a la Junta Directiva un informe anual de actividades y de resultados; y los demás informes que la propia Junta determine.

El informe anual será presentado a más tardar el último día del mes de febrero que corresponda y una vez aprobado, deberá publicarse;


V.- Llevar a cabo todos los actos necesarios para el cumplimiento de los objetivos del organismo, que no queden reservados conforme a esta Ley a la Junta Directiva, y

VI.- Las demás atribuciones de administración que le otorgue la Junta Directiva.

Federal de México Artículo 7o Ley Orgánica de la Lotería Nacional para la Asistencia Pública
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


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