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Ley Orgánica de los Tribunales Militares Artículo 16 Federal de México


Derogado

Ley Orgánica de los Tribunales Militares Federal
Artículo 16.

Son atribuciones del Supremo Tribunal Militar:

I.- Proponer las medidas que estime convenientes para que la administración de justicia sea recta y expedita, en los Tribunales del Fuero de Guerra.

II.- Conceder licencia a los Magistrados, Secretarios, Oficiales Mayores y demás empleados subalternos del Tribunal, hasta por quince días, con aprobación de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Fracción reformada DOF 09-04-2012

III.- Pedir la remoción de los Secretarios, Oficiales Mayores y demás subalternos cuando hubiere motivos para ello.

IV.- Imponer correcciones disciplinarias a quienes cometan faltas en el despacho de los negocios.

V.- Resolver las reclamaciones de los Jueces Militares contra las excitativas de justicia y demás providencias y acuerdos del Presidente del Tribunal, en ejercicio de sus atribuciones.

VI.- Iniciar ante la Secretaría de la Defensa Nacional, las reformas que estime conveniente introducir en la Legislación Militar.
Fracción reformada DOF 09-04-2012

VII.- Expedir circulares, dando instrucciones a los funcionarios de la administración de justicia militar, encaminadas a obtener el mejor desempeño de su cargo.

VIII.- Expedir o modificar el reglamento del Supremo Tribunal Militar, con la aprobación de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Fracción reformada DOF 09-04-2012

IX.- Tomar la protesta de ley a los Secretarios, Oficiales Mayores y demás subalternos del Tribunal, así como a los Jueces Militares residentes en el mismo lugar.

X.- Suministrar al Procurador General, los datos necesarios para la formación de la estadística judicial militar.

XI.- Las demás que determinan las leyes y los reglamentos.

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Se tiene que presentar el procedimiento civil de "rescision de contrato" ante un juez civil y a la par de este, un acta por el delito de abuso de confianza.

Cualquier duda o cuestion puede comunicarse al 5567830059, Lic. Christian Maya y yo le puedo ayudar a recuperar su dinero


Hola, buen día!

Puedo levantar una denuncia por $190,000 que presté con fines de inversión? Tengo un "contrato" firmado por la persona a quien le deposité el dinero quien además era mi amigo. Dentro de las cláusulas del contrato vienen estipuladas las penalizaciones. Yo soy de CDMX y la persona que abusó de mi confianza se llama Juan Jesus González Ávila y actualmente recide en Mérida, Yucatán.


No te estás oponiendo a que salgan tus datos en Internet, te opusiste a que tus datos personales sean públicos, en general, esto es, se mantengan reservados, en cualquier momento del proceso puedes pedirle al juez, en audiencia o por escrito que ahora deseas que tus datos personales como nombre completo, domicilio, etc, sean públicos, pero eso no significa que van a salir "en internet" solamente que cuando sea el caso, ya no se pongan en las listas como reservados


Cuando llegué a la carcel en el 2013 me dijeron que escribiera que me oponía para que salieran mis dactos en internet, pero yo si quiero que salgan, se puede cambiar?


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