Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos Artículo 105 Federal de México
Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos Federal
Artículo 105.
El Cuerpo de Guardias Presidenciales estará constituido por mando, órganos de mando y el número de Unidades de las Armas y Servicios que sean necesarios, cuyos efectivos serán fijados por el Presidente de la República. Sus Unidades dependerán, en el aspecto administrativo, de la Secretaría de la Defensa Nacional y en cuanto al desempeño de sus servicios, del Presidente de la República, por conducto del Estado Mayor Presidencial. Cuerpo de Aerotropas
Federal de México Artículo 105 Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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