Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa Artículo 19
Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Artículo 19.
Las resoluciones de la Primera y Segunda Sección de la Sala Superior de este Tribunal, se tomarán por unanimidad o mayoría de votos.
Los Magistrados sólo podrán abstenerse de votar cuando tengan impedimento legal.
En caso de empate, el asunto se resolverá en la siguiente sesión, para la que se convocará a los Magistrados que no estuvieren legalmente impedidos; si en esta sesión tampoco se obtuviere mayoría, se retirará el proyecto y se formulará nuevo proyecto tomando en cuenta los pronunciamientos vertidos.
Si con ese proyecto persistiera el empate, el Presidente del Tribunal tendrá voto de calidad.
Siempre que un Magistrado disintiere de la mayoría podrá formular voto particular, el cual se insertará o engrosará al final de la sentencia respectiva si fuere presentado dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la sesión.
Para la validez de las sesiones de la Secciones Primera y Segunda se requerirá la presencia de cuatro Magistrados y los debates serán dirigidos por el Presidente de la Sección.
Artículo 19 Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
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