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Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional Artículo 5 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional Federal
Artículo 5.

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional, y la elaboración y conducción de la política nacional de fomento económico de conformidad con lo dispuesto por el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y acorde con los objetivos de la presente Ley.

La política nacional de fomento económico contará con un Programa Especial para la Productividad y la Competitividad, el cual se elaborará en términos de lo previsto en la presente Ley, la Ley de Planeación, el Plan Nacional de Desarrollo y demás disposiciones aplicables.

La elaboración del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad estará a cargo de la Secretaría, con la participación de la Secretaría de Economía y con la opinión del Comité Nacional de Productividad.

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