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Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera Artículo 61 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera Federal
Artículo 61.

Por consejero independiente deberá entenderse a la persona que sea ajena a la administración de una ITF, sin que en ningún caso puedan serlo:

I.Empleados o directivos de la ITF;

II.Personas que tengan Poder de Mando en la ITF;

III.Clientes, proveedores, prestadores de servicios, deudores, acreedores, socios, consejeros o empleados de una sociedad que sea cliente, proveedor, prestador de servicios, deudor o acreedor importante de la ITF o de las empresas que pertenezcan al mismo Grupo Empresarial del cual esta forme parte.

Se considera que un cliente, proveedor o prestador de servicios es importante cuando los servicios que le preste a la institución o las ventas que aquel le haga a esta representen más del diez por ciento de los servicios o ventas totales del cliente, del proveedor o del prestador de servicios, respectivamente. Asimismo, se considera que un deudor o acreedor es importante cuando el importe de la operación respectiva sea mayor al quince por ciento de los activos de la sociedad o de su contraparte;

IV.Empleados de una fundación, asociación o sociedad civiles que reciban donativos importantesde la ITF.

Se consideran donativos importantes aquellos que representen más del quince por ciento del total de donativos recibidos por la fundación, asociación o sociedad civiles de que se trate;

V.Directores generales o empleados de las empresas que pertenezcan al grupo financiero al que pertenezca la propia ITF;

VI.Cónyuges, concubinas o concubinarios, así como los parientes por consanguinidad, afinidad o civil hasta el primer grado, de alguna de las personas mencionadas en las fracciones III a V de este artículo, o bien, hasta el tercer grado de alguna de las señaladas en las fracciones I, II, VII y VIII de este artículo;

VII.Directores o empleados de empresas en las que los accionistas de la ITF ejerzan el Control;

VIII.Quienes tengan conflictos de interés o se puedan ver influenciados por intereses personales, patrimoniales o económicos de cualquiera de las personas que mantengan el Control de la ITF o del Consorcio o Grupo Empresarial al que pertenezca la institución, o el Poder de Mando en cualquiera de estos, y

IX.Quienes hayan estado comprendidos en alguno de los supuestos a que se refieren las fracciones anteriores, durante el año anterior al momento en que se pretenda hacer su designación.

Federal de México Artículo 61 Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
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  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

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Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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