Ley Reglamentaria de la fracción VI del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Federal de México
Ley Reglamentaria de la fracción VI del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Federal de México
- Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto establecer los casos en los cuales la Cámara de...
- Artículo 2. Se configura la cuestión política, si los actos o hechos que la motivan...
- Artículo 3. Se estará ante una cuestión política si se actualiza alguno de los siguientes...
- Artículo 4. La Cámara de Senadores resolverá las cuestiones políticas que le sean...
- Artículo 5. La intervención de la Cámara de Senadores se dará: I. A petición de...
- Artículo 6. La Cámara de Senadores no intervendrá si el conflicto se refiere a: I....
- Artículo 7. Los poderes de los Estados podrán plantear en todo momento las cuestiones...
- Artículo 8. Cuando la intervención de la Cámara de Senadores sea a petición de parte,...
- Artículo 9. La solicitud a que se refiere el artículo anterior, deberá contener una...
- Artículo 10. La solicitud se presentará ante la Cámara de Senadores y durante los recesos,...
- Artículo 11. La Cámara de Senadores dará trámite a toda solicitud de intervención, para lo...
- Artículo 12. La solicitud se turnará a la Junta de Coordinación Política, la cual decidirá...
- Artículo 13. Si la Junta de Coordinación Política al valorar la situación motivo de la...
- Artículo 14. Para la debida instrucción del proceso, la Junta de Coordinación Política,...
- Artículo 15. La Comisión, en caso de estimarlo necesario, podrá requerir a la parte...
- Artículo 16. La Comisión requerirá un informe al o a los Poderes señalados como...
- Artículo 17. En el transcurso del proceso, la Comisión podrá requerir a una o a ambas...
- Artículo 18. La Comisión propondrá al Pleno las medidas precautorias que estime...
- Artículo 19. La Comisión, elaborará el proyecto de resolución con base en la solicitud,...
- Artículo 20. La Comisión determinará en el proyecto de resolución: I. La materia o...
- Artículo 21. El proyecto se someterá a la consideración del Pleno de la Cámara de...
- Artículo 22. En caso de que alguna de la partes considere que la actuación de la Comisión...
- Artículo 23. Cuando alguna de las partes no cumpla con las determinaciones que emita la...
- Artículo 24. En el caso de que una de las partes no cumpla con la resolución de la Cámara...
- Artículo 25. Si el poder remiso no rinde dicho informe o se niega al cumplimento de la...
Otras regulaciones
Ley Orgánica de los Tribunales Militares Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Articulo 123 Constitucional Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros Ley General de Partidos PolíticosMejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Recomendados
Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Articulo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley Reglamentaria de la Fracción V del Articulo 76 de la Constitución General de la República Ley que Declara Reservas Mineras Nacionales los Yacimientos de Uranio, Torio y las demás Substancias de las cuales se Obtengan Isótopos Hendibles que puedan Producir Energía Nuclear Artículo 3°. Ley que Declara Reservas Mineras Nacionales los Yacimientos de Uranio, Torio y las demás Substancias de las cuales se Obtengan Isótopos Hendibles que puedan Producir Energía Nuclear Artículo 2°. Ley Reglamentaria de la fracción VI del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 20.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios