Ley Sobre Delitos de Imprenta Federal de México
Ley Sobre Delitos de Imprenta Federal de México
- Artículo 1o. (Se deroga).
- Artículo 2o. Constituye un ataque a la moral: I.- Toda manifestación de palabra, por...
- Artículo 3o. Constituye un ataque al orden o a la paz pública: I.- Toda manifestación...
- Artículo 4o. En los casos de los tres artículos que preceden, se considera maliciosa una...
- Artículo 5o. No se considera maliciosa una manifestación o expresión aunque sean ofensivos...
- Artículo 6o. En ningún caso podrá considerarse delictuosa la crítica para un funcionario o...
- Artículo 7o. En los casos de los artículos 1o., 2o. y 3o. de esta Ley, las manifestaciones...
- Artículo 8o. Se entiende que hay excitación a la anarquía cuando se aconseje o se incite...
- Artículo 9o. Queda prohibido: I.- Publicar los escritos o actas de acusación en un...
- Artículo 10. La infracción de cualquiera de las prohibiciones que contiene el...
- Artículo 11. En caso de que en la publicación prohibida se ataque la vida privada, la...
- Artículo 12. Los funcionarios y empleados que ministren datos para hacer una publicación...
- Artículo 13. Todo el que tuviere establecido o estableciere en lo sucesivo una imprenta,...
- Artículo 14. La responsabilidad penal por los delitos a que se refieren los artículos 1o.,...
- Artículo 15. Para poder poner en circulación un impreso, fijarlo en las paredes o tableros...
- Artículo 16. Cuando el delito se cometiere por medio de la imprenta, litografía, grabado o...
- Artículo 17. Los operarios de una imprenta, litografía o cualquiera otra oficina de...
- Artículo 18. Los sostenedores, repartidores o papeleros sólo tendrán responsabilidad penal...
- Artículo 19. En las representaciones teatrales y en las exhibiciones de cinematógrafo o...
- Artículo 20. En toda publicación periódica, además de las indicaciones del artículo 15o....
- Artículo 21. El director de una publicación periódica tiene responsabilidad penal por los...
- Artículo 22. Si una publicación periódica no tuviere director, o éste no hubiere podido...
- Artículo 23. Cuando el director de una publicación periódica tuviere fuero constitucional,...
- Artículo 24. Toda oficina impresora de cualquiera clase que sea deberá guardar los...
- Artículo 25. Si la indicación del nombre y apellido del autor resultare falsa, la...
- Artículo 26. En ningún caso podrán figurar como directores, editores o responsables de...
- Artículo 27. (Se deroga)
- Artículo 28. Cuando se tratare de imprentas, litografías, talleres de grabado o de...
- Artículo 29. La responsabilidad criminal por escritos, libros, impresos, grabados y demás...
- Artículo 30. Toda sentencia condenatoria que se pronuncie con motivo de un delito de...
- Artículo 31. (Se deroga).
- Artículo 32. Los ataques a la moral se castigarán: I.- Con arresto de uno a once...
- Artículo 33. Los ataques al orden o a la paz pública se castigarán: I.- Con arresto...
- Artículo 34. Siempre que la injuria a un particular o a un funcionario público, se haga de...
- Artículo 35. Se necesita querella de la parte ofendida para proceder contra el autor del...
- Artículo 36. Esta ley será obligatoria en el Distrito Federal y Territorios, en lo que...
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con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
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