Ley Sobre Delitos de Imprenta
Ley Sobre Delitos de Imprenta
- Artículo 1o. (Se deroga).
- Artículo 2o. Constituye un ataque a la moral: I.- Toda manifestación de palabra, por...
- Artículo 3o. Constituye un ataque al orden o a la paz pública: I.- Toda manifestación...
- Artículo 4o. En los casos de los tres artículos que preceden, se considera maliciosa una...
- Artículo 5o. No se considera maliciosa una manifestación o expresión aunque sean ofensivos...
- Artículo 6o. En ningún caso podrá considerarse delictuosa la crítica para un funcionario o...
- Artículo 7o. En los casos de los artículos 1o., 2o. y 3o. de esta Ley, las manifestaciones...
- Artículo 8o. Se entiende que hay excitación a la anarquía cuando se aconseje o se incite...
- Artículo 9o. Queda prohibido: I.- Publicar los escritos o actas de acusación en un...
- Artículo 10. La infracción de cualquiera de las prohibiciones que contiene el...
- Artículo 11. En caso de que en la publicación prohibida se ataque la vida privada, la...
- Artículo 12. Los funcionarios y empleados que ministren datos para hacer una publicación...
- Artículo 13. Todo el que tuviere establecido o estableciere en lo sucesivo una imprenta,...
- Artículo 14. La responsabilidad penal por los delitos a que se refieren los artículos 1o.,...
- Artículo 15. Para poder poner en circulación un impreso, fijarlo en las paredes o tableros...
- Artículo 16. Cuando el delito se cometiere por medio de la imprenta, litografía, grabado o...
- Artículo 17. Los operarios de una imprenta, litografía o cualquiera otra oficina de...
- Artículo 18. Los sostenedores, repartidores o papeleros sólo tendrán responsabilidad penal...
- Artículo 19. En las representaciones teatrales y en las exhibiciones de cinematógrafo o...
- Artículo 20. En toda publicación periódica, además de las indicaciones del artículo 15o....
- Artículo 21. El director de una publicación periódica tiene responsabilidad penal por los...
- Artículo 22. Si una publicación periódica no tuviere director, o éste no hubiere podido...
- Artículo 23. Cuando el director de una publicación periódica tuviere fuero constitucional,...
- Artículo 24. Toda oficina impresora de cualquiera clase que sea deberá guardar los...
- Artículo 25. Si la indicación del nombre y apellido del autor resultare falsa, la...
- Artículo 26. En ningún caso podrán figurar como directores, editores o responsables de...
- Artículo 27. (Se deroga)
- Artículo 28. Cuando se tratare de imprentas, litografías, talleres de grabado o de...
- Artículo 29. La responsabilidad criminal por escritos, libros, impresos, grabados y demás...
- Artículo 30. Toda sentencia condenatoria que se pronuncie con motivo de un delito de...
- Artículo 31. (Se deroga).
- Artículo 32. Los ataques a la moral se castigarán: I.- Con arresto de uno a once...
- Artículo 33. Los ataques al orden o a la paz pública se castigarán: I.- Con arresto...
- Artículo 34. Siempre que la injuria a un particular o a un funcionario público, se haga de...
- Artículo 35. Se necesita querella de la parte ofendida para proceder contra el autor del...
- Artículo 36. Esta ley será obligatoria en el Distrito Federal y Territorios, en lo que...
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Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
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Ley de la Guardia Nacional Artículo 16. Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores Artículo 24. Ley de Uniones de Crédito Artículo 73. Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión Artículo 54. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Artículo 106.Publique la información de sí mismo
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