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Ordenanza General de la Armada Artículo 1,103 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ordenanza General de la Armada Federal
Artículo 1,103.

La bandera de guerra para los buques de la Armada Nacional se compondrá de tres fajas, verde, blanca y colorada, iguales y verticales, con el escudo mexicano en el centro de la faja blanca, constituído por una águila en actitud de volar, posada sobre un nopal, y teniendo entre sus garras una culebra; irá circundado por dos ramas, una de laurel y otra de encino, enlazadas entre sí, en la parte inferior; el escudo de esta bandera, así como los de las demás insignias y banderas distintivas que lo lleven, irá pintado con los colores que correspondan al águila, culebra, nopal, laurel y encino.

Federal de México Artículo 1,103 Ordenanza General de la Armada
Artículo 1o ...1,101 1,102 1,103 1,104 1,105 ...1,868

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