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Ordenanza General de la Armada Artículo 1,684 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ordenanza General de la Armada Federal
Artículo 1,684.

Deberá entregar mensualmente al Comandante en Jefe, para su remisión a la Secretaría del ramo, los documentos siguientes:

Relación del numerario recibido, con especificación de lo gastado y existente, conforme a los datos que le ministre el Contador General.

Estado general de fuerza.

Estado de municiones, expresando su vida y las causas de alta y baja.

Estado de víveres, con las mismas anotaciones.

Estado de cargos y repuestos, con iguales detalles.

Relación de la correspondencia cambiada con la Secretaría del ramo.

Copia certificada del diario de la Escuadra, con expresión de las comisiones que los buques desempeñen.

Relación de cumplidos, con expresión de los que deseen reengancharse o separarse del servicio.

Relación de las reparaciones que se hayan efectuado y las que tengan que hacerse.

Relación de las revistas de inspección, mandadas pasar por orden del Comandante en Jefe.

Conceptos de los Comandantes de los barcos que estén a las órdenes del Comandante en Jefe.

Federal de México Artículo 1,684 Ordenanza General de la Armada
Artículo 1o ...1,682 1,683 1,684 1,685 1,686 ...1,868

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