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Ordenanza General de la Armada Artículo 1,756 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ordenanza General de la Armada Federal
Artículo 1,756.

Para el despacho de su Oficina, que se llamará Mayoría del Departamento, llevará los libros siguientes:

Un libro de entrada y salida de asuntos.

Un libro de órdenes.

Un libro de servicios generales.

Un libro de viajes.

Un libro de registro de naves y abanderamientos (en su caso).

Un índice de expedientes.

Un libro de causas y castigos.

Un libro de hojas reservadas de conceptos de Jefes de dependencias en tierra y Comandantes de buques.

Un libro de informes de solicitudes.

Los carpetones necesarios para archivar los estados y noticias que rendirán los Comandantes de buques o dependencias.

TRATADO VI

Federal de México Artículo 1,756 Ordenanza General de la Armada
Artículo 1o ...1,754 1,755 1,756 1,757 1,758 ...1,868

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