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Reglamento del Senado de la República Artículo 67 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Reglamento del Senado de la República Federal
Artículo 67.

1.Dentro de los veinte días hábiles siguientes a la clausura de cada período de sesiones, la Secretaríaformula un informe final de las inasistencias sin justificar, el cual se publica en la Gacetay en la página de Internet del Senado.

Federal de México Artículo 67 Reglamento del Senado de la República
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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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