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Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 72 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General Federal
Artículo 72.

La Gran Comisión se compondrá en la Cámara de Diputados, de un individuo por cada Estado y cada Territorio y otro por el Distrito Federal; y en la de Senadores, uno por cada Estado y otro por el Distrito Federal, todos los cuales serán designados en la sesión siguiente a la de la apertura del primer período de sesiones del primer año de cada Legislatura, de conformidad con las siguientes reglas:

I.- Cada Diputación nombrará de entre sus miembros, en escrutinio y a mayoría de votos, al que deba representarla en la Gran Comisión;

II.- Cuando una Diputación conste solamente de dos Diputados o cuando siendo más, sólo dos de los que deban componerla concurran a la sesión en que haya de nombrarse la Gran Comisión y no se haya presentado el designado por la mayoría, pertenecerá a la Gran Comisión aquel de los dos que designe la suerte;

III.- Si un solo Diputado constituye una Diputación, o uno solo de los que deban formarla está presente al organizarse la Gran Comisión, él será quien represente en ella a su Estado, Territorio o el Distrito Federal, respectivamente;

IV.- En el Senado, la elección de los veintinueve miembros de la Gran Comisión se hará por sorteo de entre los dos Senadores de cada Estado y del Distrito Federal, que estuvieren presentes. Si al efectuarse esta elección no estuviere presente más de un Senador por un Estado, aquél formará parte de la Gran Comisión y si no estuviere ninguno, el que primero sea recibido será miembro de ella.


V.- Si ninguno de los diputados o senadores que deban representar en la Gran Comisión a un Estado o Territorio o al Distrito Federal estuviere presente al nombrarse aquélla, el primero que sea recibido por su respectiva Cámara entrará desde luego a formar parte de dicha Gran Comisión, mientras la Diputación hace la elección por mayoría.

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