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Código Administrativo Artículo 106 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Administrativo Chihuahua
Artículo 106.

Son obligaciones de los trabajadores:

I. Desempeñar sus labores sujetándose a la dirección de sus jefes inmediatos y ejecutándolas con la intensidad, cuidado y esmero apropiado, en forma, tiempo y lugar convenido;

II. Observar buenas costumbres durante el servicio;

III. Cumplir con las obligaciones que les imponga el reglamento respectivo;

IV. Guardar reserva en los asuntos de que tengan conocimiento con motivo de su trabajo;

V. Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus compañeros;

VI. Rendir la protesta formal de cumplir y, en su caso, hacer cumplir la Constitución Federal, la particular del Estado y todas las leyes que de ellas emanen;

VII. Asistir puntualmente a sus labores, quedando terminantemente prohibido abandonar el local o lugar donde preste sus servicios, sin la autorización previa del jefe o Subjefe de la Dependencia;

VIII. No hacer propaganda de ninguna clase durante las horas de trabajo.



Estado de Chihuahua Artículo 106 Código Administrativo
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


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