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Código Administrativo Artículo 713 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Administrativo Chihuahua
Artículo 713.

De acuerdo con las circunstancias y capacidad del edificio, los reos se dividirán en cinco clases, para alojarlos en cinco distintos departamentos; el primero para mujeres, el cual estará independiente de las crujías en que se alojen los presos; segundo, una crujía destinada para los reos procesados y sentenciados del orden federal; tercero, una crujía para los sentenciados del orden común; cuarto, una crujía para los procesados del mismo orden, y quinto, una crujía para alojar a los viciosos e incorregibles, ya sean sentenciados o procesados de cualquier orden. A este departamento se le denominará DE CORRECCION, debiendo implantarse en él las medidas más adecuadas para la regeneración de los reos.



Estado de Chihuahua Artículo 713 Código Administrativo
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