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Código Administrativo Artículo 735 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código Administrativo Chihuahua
Artículo 735.

Las disposiciones estatales en materia de educación obligan, dentro de su respectiva competencia, a los Municipios y a las Instituciones o establecimientos que en cualquier forma dependan de los mismos; a los particulares que desarrollen públicamente actividades de educación y a las personas que en cualquier forma, este Código imponga deberes especiales relacionados con la educación.



Estado de Chihuahua Artículo 735 Código Administrativo
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