Código de Instituciones y Procesos Electorales Artículo 35 Estado de Puebla
Código de Instituciones y Procesos Electorales Puebla
Artículo 35.
El programa de acción determinará, por lo menos:
I.- Los medios para dar vigencia a sus principios y alcanzar sus objetivos;
II.- Las políticas que propongan para resolver los problemas sociales, políticos y económicos del Estado y de sus municipios;
III.- Las medidas que adopten para ejecutar las acciones relativas a la formación ideológica y
política de sus afiliados;
IV.- La preparación para la participación activa de sus militantes en los procesos electorales;
y
V.- La formación ideológica y política a sus militantes
Estado de Puebla Artículo 35 Código de Instituciones y Procesos Electorales
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Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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