Código de Procedimientos Penales Artículo 432 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Penales Veracruz
Artículo 432. Prórroga del plazo de la investigación judicializada
De manera excepcional, el Ministerio Público podrá solicitar una prórroga del plazo de investigación judicializada para lograr una mejor preparación del caso, fundando y motivando su petición. El juez podrá acceder a la solicitud, siempre y cuando el plazo requerido, sumado al otorgado originalmente, no sea mayor a dos meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda los dos años de prisión, ni de seis meses si la pena máxima excediere ese tiempo
Estado de Veracruz Artículo 432 Código de Procedimientos Penales
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jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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