Código Penal Artículo 451 Estado de Zacatecas
Código Procesal Penal Zacatecas
Artículo 451. Interposición
El recurso de apelación se interpondrá por escrito, debidamente fundado, ante el mismo Juez que dictó la resolución y salvo disposición en contrario, dentro del plazo de tres días.
Cuando el Tribunal competente para entender en la apelación tenga su sede en un lugar distinto, la parte deberá fijar un nuevo lugar o la forma para recibir notificaciones, si es necesario.
Estado de Zacatecas Artículo 451 Código Penal
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Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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Código Procesal Penal Zacatecas Artículo 121. Incompetencia Código Procesal Penal Zacatecas Artículo 198. Procedencia de la detención Código Procesal Penal Zacatecas Artículo 252. Obligación de suministrar información Código Procesal Penal Zacatecas Artículo 410 bis. Decisión sobre absolución o condena Código Urbano Zacatecas Artículo 4.Publique la información de sí mismo
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