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Constitución Artículo 83 Estado de Colima


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Constitución Colima
Artículo 83.

Para ser Fiscal General del Estado se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento en ejercicio de sus derechos y no tener otra nacionalidad;

II. Tener, cuando menos, treinta años cumplidos al día de su designación y no más de setenta y cinco años;

III. Contar con título profesional de licenciado en derecho, con antigüedad mínima de cinco años, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello;

IV. No haber sido condenado por delito doloso;

V. Gozar de buena reputación; y

VI. Tener perfil idóneo pare el cargo en razón de sus antecedentes laborales y profesionales.

Para ser Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción se deberán cumplir los mismos requisitos que para ser Fiscal General previsto en este artículo. 



Estado de Colima Artículo 83 Constitución
Artículo 1 ...81 82 83 84 85 ...151

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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