Imprimir

Constitución Artículo 161 Estado de Guerrero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Constitución Guerrero
Artículo 161.

El Consejo de la Judicatura se integrará con cinco consejeros:

I. El presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guerrero, quien también lo será del Consejo;

II. Un consejero elegido entre los Jueces de primera instancia por votación libre y directa de todos sus integrantes;

III. Un consejero designado por el Pleno del Tribunal del Estado de Guerrero de entre sus Magistrados;

IV. Un consejero designado por el Gobernador del Estado; y,

V. Un consejero designado por las dos terceras partes del total de los miembros del Congreso del Estado.

1. Durante el ejercicio de su encargo, los consejeros provenientes del Poder Judicial del Estado de Guerrero no realizarán funciones jurisdiccionales. Al término del encargo se reincorporarán a sus respectivas adscripciones;

2. El Consejo de la Judicatura contará con los órganos, unidades administrativas y el personal necesario para el adecuado cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo dispuesto en la ley orgánica y en su reglamento interior.

3. El Consejo de la Judicatura funcionará en Pleno o en comisiones, en los términos dispuestos en su ley orgánica; y,

4. La ley orgánica y el reglamento interior del Consejo de la Judicatura establecerán disposiciones adicionales con relación a la integración, organización, funcionamiento, procedimientos y de su ámbito competencial.



Estado de Guerrero Artículo 161 Constitución
Artículo 1 ...159 160 161 162 163 ...200

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse