Imprimir

Ley del Impuesto al Valor Agregado Artículo 18-C Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley del Impuesto al Valor Agregado Federal
Artículo 18-C.

Se considera que el receptor del servicio se encuentra en el territorio nacional cuando se dé cualquiera de los supuestos siguientes:
I.Que el receptor haya manifestado al prestador del servicio un domicilio ubicado en territorio nacional.
II.Que el receptor del servicio realice el pago al prestador del servicio mediante un intermediario ubicado en territorio nacional.
III.Que la dirección IP que utilicen los dispositivos electrónicos del receptor del servicio corresponda al rango de direcciones asignadas a México.
IV.Que el receptor haya manifestado al prestador del servicio un número de teléfono, cuyo código de país corresponda a México.

Federal de México Artículo 18-C Ley del Impuesto al Valor Agregado
Artículo 1o ...18‑A 18‑B 18‑C 18‑D 18‑E ...43

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse