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Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores Artículo 10 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores Federal
Artículo 10.

El patrimonio del Instituto se integra por:

I. Los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio;

II. El efectivo y todos los derechos del Fondo susceptibles de hacerse líquidos;

III. Las utilidades, ingresos propios, intereses, rendimientos, plusvalías y demás recursos que deriven de sus operaciones y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes;

IV. Las donaciones que se otorguen a su favor, y

V. Los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier título legal.

Federal de México Artículo 10 Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
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