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Ley General de Sociedades Mercantiles Artículo 272 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley General de Sociedades Mercantiles Federal
Artículo 272.

El administrador publicará en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía, el informe anual sobre la situación financiera de la sociedad conforme a las reglas que emita la Secretaría de Economía de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 263 de esta Ley.

La falta de presentación de la situación financiera durante dos ejercicios consecutivos dará lugar a la disolución de la sociedad, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurran los accionistas de manera individual. Para efectos de lo dispuesto en este párrafo, la Secretaría de Economía emitirá la declaratoria de incumplimiento correspondiente conforme al procedimiento establecido en las reglas mencionadas en el párrafo anterior.



Federal de México Artículo 272 Ley General de Sociedades Mercantiles
Artículo 1o ...270 271 272 273

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