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Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Artículo 130 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal
Artículo 130.

Cuando la información requerida por el solicitante ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, registros públicos, en formatos electrónicos disponibles en Internet o en cualquier otro medio, se le hará saber por el medio requerido por el solicitante la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información en un plazo no mayor a cinco días.

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