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Ley Sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica Artículo 3 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica Federal
Artículo 3.

Para la aprobación de un tratado se observarán los siguientes objetivos generales:

I. Contribuir a mejorar la calidad de vida y el nivel de bienestar de la población mexicana;

II. Propiciar el aprovechamiento de los recursos productivos del país;

III. Promover el acceso de los productos mexicanos a los mercados internacionales;

IV. Contribuir a la diversificación de mercados;

V. Fomentar la integración de la economía mexicana con la internacional y contribuir a la elevación de la competitividad del país, y

VI. Promover la transparencia en las relaciones comerciales internacionales y el pleno respeto a los principios de política exterior de la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.



Federal de México Artículo 3 Ley Sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica
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