Código de Instituciones y Procesos Electorales Artículo 151 Estado de Puebla
Código de Instituciones y Procesos Electorales Puebla
Artículo 151.
Los empleados eventuales serán aquéllos que se contraten por un tiempo determinado y para la realización de una actividad específica.
Tendrán el carácter de empleados eventuales los Coordinadores Distritales de Organización Electoral y, en su caso de Capacitación Electoral; los Supervisores Electorales y los Auxiliares Electorales de Organización Electoral y, en su caso, de Capacitación Electoral y de Organización Electoral
Estado de Puebla Artículo 151 Código de Instituciones y Procesos Electorales
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
Leer de nuevo
Código de Procedimientos en Materia de Defensa Puebla Artículo 67. Código de Procedimientos en Materia de Defensa Puebla Artículo 54 bis. Código Fiscal Municipal Puebla Artículo 34. Código de Justicia Para Adolescentes Puebla Artículo 212. Código de Procedimientos en Materia de Defensa Puebla Artículo 220.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios