Imprimir

Código Penal Artículo 115 Estado de Aguascalientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Aguascalientes
Artículo 115. Atentados al pudor

Los Atentados al Pudor consisten en la ejecución de actos erótico sexuales, sin consentimiento de la víctima, sin el propósito directo e inmediato de llegar a la cópula, o que se obligue a la víctima a ejecutarlos; entendiéndose por actos erótico sexuales, cualquier acción lujuriosa como caricias, manoseos y tocamientos corporales obscenos, o sin llegar al contacto físico, representen actos explícitamente sexuales, como caricias o masturbaciones.

También se equipara a los Atentados al Pudor la conducta de carácter erótico sexual de quién sin llegar al contacto físico, exhiba ante la víctima, sin su consentimiento o con su consentimiento tratándose de menores de doce años, el pene, senos, glúteos o la vagina.

Al responsable del delito de Atentados al Pudor o Atentados al Pudor equiparado se le impondrá de 6 meses a 3 años de prisión y de 25 a 250 días multa, así como el pago de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. Si la víctima es mayor de doce años pero menor de 18 años de edad, al inculpado se le aplicará de 1 año con 6 meses a 3 años de prisión, de 50 a 250 días de multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.

Si el inculpado hiciere uso de violencia física o moral, las punibilidades referidas en el párrafo anterior incrementarán y se aplicarán de 2 a 6 años de prisión y de 100 a 500 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.

Si la víctima es menor de doce años de edad o por cualquier causa no puede resistir la conducta del sujeto activo, al responsable se le aplicarán de tres a seis años de prisión y de 100 a 500 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.



Estado de Aguascalientes Artículo 115 Código Penal
Artículo 1 ...113 114 115 116 117 ...205

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse