Ley del Servicio de Tesorería de la Federación Artículo 115 Federal de México
Versión actualizada
Ley de Tesorería de la FederaciónLey del Servicio de Tesorería de la Federación Federal
Artículo 115.
Las convocatorias a las que alude el artículo anterior deberán contener cuando menos:I. La indicación del convocante, ya sea la Tesorería o, en su caso, la especificación del auxiliar del que se trate;
II. La indicación de los lugares, fechas y horarios en que los interesados podrán obtener las bases o demás requisitos para participar en el procedimiento de venta y, en su caso, su costo y forma de pago;
III. La descripción general del bien o bienes objeto de la venta;
IV. Las condiciones de pago requeridas;
V. Los criterios generales conforme a los cuales se adjudicará el bien;
VI. La información general sobre la garantía de seriedad de las ofertas de compra;
VII. Plazo, lugar, fecha y hora en la que podrá realizarse el registro de los interesados en el caso de licitación pública o subasta;
VIII. La fecha límite para la presentación de las ofertas, y
IX. La fecha, hora y lugar, o en su caso plazo para la celebración del acto de fallo.
Artículo adicionado DOF 29-05-1998
Federal de México Artículo 115 Ley del Servicio de Tesorería de la Federación
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