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Ordenanza General de la Armada Artículo 1,490 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ordenanza General de la Armada Federal
Artículo 1,490.

El Subinspector, para hallarse a la altura de la importante misión que se le confía, deberá ser justificado en todos sus actos, y tendrá entendido que la severidad, el buen juicio, la imparcialidad y la rectitud, además de los conocimientos profesionales, son las cualidades indispensables que de su honorabilidad se exigen como delegado del Secretario de Guerra y Marina en las revistas de inspección que se le encomienden, a causa de la vital importancia que entrañan sus resultados. Por lo mismo, en los casos dudosos que ocurran durante el curso de aquéllas, deberá dirigir sus consultas por escrito a dicho funcionario para su resolución.

Federal de México Artículo 1,490 Ordenanza General de la Armada
Artículo 1o ...1,488 1,489 1,490 1,491 1,492 ...1,868

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