Código de Procedimientos Penales Artículo 46 Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Penales
Artículo 46.
Cuando se deba realizar un acto fuera del ámbito de competencia territorial de la autoridad que conduce la averiguación o el proceso, se recabará el auxilio de la autoridad que pueda practicarlo, conforme a sus atribuciones, en los términos del segundo párrafo del artículo 119 de la Constitución General de la República.
Se dará entera fe y crédito a los exhortos de los tribunales de la Federación y de los Estados, que se cumplimentarán en los términos y con las condiciones fijadas en este Código, en todo lo que resulte aplicable.
En el despacho de las actuaciones de colaboración procesal se procurará utilizar, en la medida posible, los medios que suministra la moderna tecnología de la comunicación, entre otros, el fax y los sistemas de cómputo.
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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