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Código Fiscal Artículo 244 Estado de Chihuahua


Código Fiscal Chihuahua
Artículo 244.

El impuesto se causará por cada cabeza de ganado y por una sola vez, en la última operación que con él se realice dentro del Estado.

No causa el impuesto el tránsito de ganado proveniente de otra Entidad Federativa destinado al extranjero, siendo indispensable que se acredite fehacientemente que el poseedor del ganado es su propietario, que los semovientes estén protegidos con pases y guías sanitarias de autoridades de otros Estados y que la exportación se lleve a cabo a nombre del propietario. De no cumplirse estos requisitos se hará efectiva la presunción del artículo 241.



Estado de Chihuahua Artículo 244 Código Fiscal
Artículo 1 ...242 243 244 245 246 ...497
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



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