Código Fiscal Artículo 133 Estado de Hidalgo
Código Fiscal
Artículo 133.
LOS PARTICULARES ACREDITARÁN SU REPRESENTACIÓN CON CARTA PODER OTORGADA ANTE DOS TESTIGOS, EN LOS ASUNTOS CUYO INTERÉS NO EXCEDA DE 20 U.M.A.'S. EN LOS DEMÁS CASOS SERÁ INDISPENSABLE MANDATO OTORGADO EN ESCRITURA PÚBLICA, DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO Y CUANDO SE TRATE DE PODERES OTORGADOS FUERA DEL PAÍS, DEBERÁN LEGALIZARSE PREVIAMENTE EN LOS TÉRMINOS DE LAS LEYES RESPECTIVAS, PARA QUE SURTAN SUS EFECTOS LEGALES.
Estado de Hidalgo Artículo 133 Código Fiscal
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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