Código Municipal Artículo 135 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Municipal Coahuila
Artículo 135.
Son organismos descentralizados municipales, las personas morales cuya creación apruebe el ayuntamiento o el Congreso del Estado a propuesta del ayuntamiento.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 135 Código Municipal
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Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas
Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?
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