< Código Penal Federal

Código Penal Federal Artículo 429


Código Penal Federal
Artículo 429.

Los delitos previstos en este Título se perseguirán de oficio, excepto lo previsto en los artículos 424, fracción II, 424 Bis, fracción III y 427.

Artículo 429 CPF, CP
Artículo 1o ...427 Quinquies 428 429
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Los comentarios de los usuarios

Que articulo habla sobre la obligación de un supervisor de salvaguardar la integridad física de un empleado al hacerle ver los actos y/o condiciones inseguras en las que trabaja y evitar caer en omisión si no lo hace?

gracias.

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