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Código Penal Artículo 159 Estado de Hidalgo


Código Penal Hidalgo
Artículo 159.

Al que pudiendo hacerlo, según las circunstancias del caso y sin riesgo propio o de tercero, omita prestar auxilio necesario a quien se encuentre desamparado y en peligro manifiesto en su persona, se le impondrá de tres a nueve meses de prisión o multa de 5 a 40 días.

La misma pena se impondrá a quien no estando en condiciones de prestar auxilio, no diere aviso inmediato a la autoridad o no solicitare auxilio a quienes pudieren prestarlo.



Estado de Hidalgo Artículo 159 Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



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