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Código Penal Artículo 53 Estado de Nayarit


Código Penal
Artículo 53.

La libertad bajo tratamiento apareja la realización de labores por parte del sentenciado y las demás medidas conducentes a su readaptación social, bajo la orientación y el cuidado de la autoridad ejecutora. En la sentencia se determinará, en su caso, la afectación del producto del trabajo del reo al resarcimiento del daño que causó el delito y al sustento de los dependientes económicos de aquél, sin perjuicio de las restantes obligaciones a cargo del sentenciado. El señalamiento de trabajo se hará tomando en cuenta las necesidades de la defensa social y la vocación, aptitudes y posibilidades del sentenciado



Estado de Nayarit Artículo 53 Código Penal
Artículo 1 ...51 52 53 54 55 ...423
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.




A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?



Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?



qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol



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