LFT Artículo 326 Federal de México
Ley Federal del Trabajo Federal
Artículo 326.
Los trabajadores a domicilio tienen las obligaciones especiales siguientes:I.Poner el mayor cuidado en la guarda y conservación de los materiales y útiles que reciban del patrón;
II.Elaborar los productos de acuerdo con la calidad convenida y acostumbrada;
III.Recibir y entregar el trabajo en los días y horas convenidos; y
IV.Indemnizar al patrón por la pérdida o deterioro que por su culpa sufran los materiales y útiles que reciban. La responsabilidad del trabajador a domicilio se rige por la disposición contenida en el artículo 110, fracción I.
Federal de México Artículo 326 Ley Federal del Trabajo
Mejores juristas
Ciudad de Mexico
Сomentarios: 5
Duración total
Ciudad de México
Duración total
San francisco de Campeche, Campeche
Duración total
Duración total
Duración total
Los comentarios de los usuarios
Dulce Herrera
11/08/20 22:05:15
Artículo donde defienda al trabajador al ser agredido verbalmente y allanado a su casa, por cuestiones de trabajó
Dulce Herrera
11/08/20 22:00:53
Al recibir un trabajo y pasado ya un lapso de tiempo, no ha sido completado pero, hay avances. ¿Que artículo defendería a la persona? Y ¿Que artículo afectaría a la persona?
Por favor
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios