LFT Artículo 475 Federal de México
Ley Federal del Trabajo Federal
Artículo 475.
Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
15/05/20 14:03:31
El tiene incapacidad temporal (riesgo de trabajo) y el sindicato esta pidiendo el pago de sus vacaciones y la prima vacacional si le corresponde??
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